miércoles, 7 de enero de 2015

344. ¿Qué es el consentimiento matrimonial? (Segunda parte - continuación)



344. ¿Qué es el consentimiento matrimonial? (Segunda parte - continuación)     


(Compendio 344 - repetición) El consentimiento matrimonial es la voluntad, expresada por un hombre y una mujer, de entregarse mutua y definitivamente, con el fin de vivir una alianza de amor fiel y fecundo. Puesto que el consentimiento hace el Matrimonio, resulta indispensable e insustituible. Para que el Matrimonio sea válido el consentimiento debe tener como objeto el verdadero Matrimonio, y ser un acto humano, consciente y libre, no determinado por la violencia o la coacción.

Resumen

(C.I.C 1662) El matrimonio se funda en el consentimiento de los contrayentes, es decir, en la voluntad de darse mutua y definitivamente con el fin de vivir una alianza de amor fiel y fecundo. 

Profundizar y modos de explicaciones

(C.I.C 1630) El sacerdote (o el diácono) que asiste a la celebraci ón del matrimonio, recibe el consentimiento de los esposos en nombre de la Iglesia y da la bendición de la Iglesia. La presencia del ministro de la Iglesia (y también de los testigos) expresa visiblemente que el matrimonio es una realidad eclesial. (C.I.C 1631) Por esta razón, la Iglesia exige ordinariamente para sus fieles la forma eclesiástica de la celebración del matrimonio (cf. Concilio de Trento: DS 1813-1816; CIC canon 1108). Varias razones concurren para explicar esta determinación: — El matrimonio sacramental es un acto litúrgico. Por tanto, es conveniente que sea celebrado en la liturgia pública de la Iglesia.  — El matrimonio introduce en un ordo eclesial, crea derechos y deberes en la Iglesia entre los esposos y para con los hijos.  — Por ser el matrimonio un estado de vida en la Iglesia, es preciso que exista certeza sobre él (de ahí la obligación de tener testigos). — El carácter público del consentimiento protege el "Sí" una vez dado y ayuda a permanecer fiel a él.     

Para la reflexión

(C.I.C 1632) Para que el "Sí" de los esposos sea un acto libre y responsable, y para que la alianza matrimonial tenga fundamentos humanos y cristianos sólidos y estables, la preparación para el matrimonio es de primera importancia: El ejemplo y la enseñanza dados por los padres y por las familias son el camino privilegiado de esta preparación. El papel de los pastores y de la comunidad cristiana como "familia de Dios" es indispensable para la transmisión de los valores humanos y cristianos del matrimonio y de la familia (cf. CIC canon 1063), y esto con mayor razón en nuestra época en la que muchos jóvenes conocen la experiencia de hogares rotos que ya no aseguran suficientemente esta iniciación: “Los jóvenes deben ser instruidos adecuada y oportunamente sobre la dignidad, dignidad, tareas y ejercicio del amor conyugal, sobre todo en el seno de la misma familia, para que, educados en el cultivo de la castidad, puedan pasar, a la edad conveniente, de un honesto noviazgo vivido al matrimonio (Gaudium et spes, 49)[Fin

(Siguiente pregunta: ¿Qué se exige cuando uno de los esposos no es católico?)

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