lunes, 5 de enero de 2015

343. ¿Cómo se celebra el sacramento del Matrimonio?



343. ¿Cómo se celebra el sacramento del Matrimonio?   


(Compendio 343) Dado que el Matrimonio constituye a los cónyuges en un estado público de vida en la Iglesia, su celebración litúrgica es pública, en presencia del sacerdote (o de un testigo cualificado de la Iglesia) y de otros testigos.

Resumen

(C.I.C 1662) El matrimonio se funda en el consentimiento de los contrayentes, es decir, en la voluntad de darse mutua y definitivamente con el fin de vivir una alianza de amor fiel y fecundo. (C.I.C 1663) Dado que el matrimonio establece a los cónyuges en un estado público de vida en la Iglesia, la celebración del mismo se hace ordinariamente de modo público, en el marco de una celebración litúrgica, ante el sacerdote (o el testigo cualificado de la Iglesia), los testigos y la asamblea de los fieles.    

Profundizar y modos de explicaciones

(C.I.C 1621) En el rito latino, la celebración del matrimonio entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente dentro de la Santa Misa, en virtud del vínculo que tienen todos los sacramentos con el Misterio Pascual de Cristo (cf. Sacrosanctum Concilium, 61). En la Eucaristía se realiza el memorial de la Nueva Alianza, en la que Cristo se unió para siempre a la Iglesia, su esposa amada por la que se entregó (cf. Lumen gentium, 6). Es, pues, conveniente que los esposos sellen su consentimiento en darse el uno al otro mediante la ofrenda de sus propias vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo por su Iglesia, hecha presente en el sacrificio eucarístico, y recibiendo la Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo y en la misma Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo" en Cristo (cf. 1Co 10,17). (C.I.C 1622) "En cuanto gesto sacramental de santificación, la celebración del matrimonio [...] debe ser por sí misma válida, digna y fructuosa" (Familiaris Consortio, 67). Por tanto, conviene que los futuros esposos se dispongan a la celebración de su matrimonio recibiendo el sacramento de la Penitencia.    

Para la reflexión

(C.I.C 1623) Según la tradición latina, los esposos, como ministros de la gracia de Cristo, manifestando su consentimiento ante la Iglesia, se confieren mutuamente el sacramento del matrimonio. En las tradiciones de las Iglesias orientales, los sacerdotes –Obispos o presbíteros– son testigos del recíproco consentimiento expresado por los esposos (cf. CCEO canon 817), pero también su bendición es necesaria para la validez del sacramento (cf. CCEO canon 828). (C.I.C 1624) Las diversas liturgias son ricas en oraciones de bendición y de epíclesis pidiendo a Dios su gracia y la bendición sobre la nueva pareja, especialmente sobre la esposa. En la epíclesis de este sacramento los esposos reciben el Espíritu Santo como Comunión de amor de Cristo y de la Iglesia (cf. Ef 5,32). El Espíritu Santo es el sello de la alianza de los esposos, la fuente siempre generosa de su amor, la fuerza con que se renovará su fidelidad.    

(Siguiente pregunta:  ¿Qué es el consentimiento matrimonial?)

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