martes, 26 de mayo de 2015
445. ¿Qué es lo que Dios prohíbe cuando manda: «No tendrás otro Dios fuera de mí» (Ex 20, 2)? (Tercera parte - continuación)
(Compendio 445 - repetición) Con el
mandamiento «No tendrás otro Dios fuera de mí» se prohíbe: el politeísmo y la idolatría, que diviniza a
una criatura, el poder, el dinero, incluso al demonio; la superstición, que es
una desviación del culto debido al Dios verdadero, y que se expresa también
bajo las formas de adivinación, magia, brujería y espiritismo; la irreligión,
que se manifiesta en tentar a Dios con palabras o hechos; en el sacrilegio, que
profana a las personas y las cosas sagradas, sobre todo la Eucaristía; en la
simonía, que intenta comprar o vender realidades espirituales; el ateísmo, que
rechaza la existencia de Dios, apoyándose frecuentemente en una falsa
concepción de la autonomía humana; el agnosticismo, según el cual, nada se
puede saber sobre Dios, y que abarca el indiferentismo y el ateísmo práctico.
Resumen
(C.I.C 2138) La superstición es una desviación del culto que
debemos al verdadero Dios, la cual conduce a la idolatría y a distintas formas
de adivinación y de magia.”
Profundizar y modos de explicaciones
(C.I.C 2115) Dios puede revelar el porvenir a sus profetas o
a otros santos. Sin embargo, la actitud cristiana justa consiste en entregarse
con confianza en las manos de la providencia en lo que se refiere al futuro y
en abandonar toda curiosidad malsana al respecto. Sin embargo, la imprevisión
puede constituir una falta de responsabilidad. (C.I.C 2116) Todas las formas de
adivinación deben rechazarse: el
recurso a Satán o a los demonios, la evocación de los muertos, y otras
prácticas que equivocadamente se supone ‘desvelan’ el porvenir (Cf. Dt 18, 10;
Jr 29, 8). La consulta de horóscopos, la astrología, la quiromancia, la
interpretación de presagios y de suertes, los fenómenos de visión, el recurso a
‘mediums’ encierran una voluntad de poder sobre el tiempo, la historia y,
finalmente, los hombres, a la vez que un deseo de granjearse la protección de
poderes ocultos. Están en contradicción con el honor y el respeto, mezclados de
temor amoroso, que debemos solamente a Dios.
Para la reflexión
(C.I.C 2117) Todas las prácticas de magia o de hechicería mediante las que se pretende
domesticar potencias ocultas para ponerlas a su servicio y obtener un poder
sobrenatural sobre el prójimo - aunque sea para procurar la salud -, son
gravemente contrarias a la virtud de la religión. Estas prácticas son más
condenables aún cuando van acompañadas de una intención de dañar a otro,
recurran o no a la intervención de los demonios. Llevar amuletos es también
reprensible. El espiritismo implica
con frecuencia prácticas adivinatorias o mágicas. Por eso la Iglesia advierte a
los fieles que se guarden de él. El recurso a las medicinas llamadas
tradicionales no legítima ni la invocación de las potencias malignas, ni la
explotación de la credulidad del prójimo. (Continua)
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