sábado, 11 de julio de 2015

473. ¿Cómo se evita el escándalo?



473. ¿Cómo se evita el escándalo?       


(Compendio 473) El escándalo, que consiste en inducir a otro a obrar el mal, se evita respetando el alma y el cuerpo de la persona. Pero si se induce deliberadamente a otros a pecar gravemente, se comete una culpa grave.

Resumen

(C.I.C 2326) El escándalo constituye una falta grave cuando por acción u omisión se induce deliberadamente a otro a pecar gravemente.   

Profundizar y modos de explicaciones

(C.I.C 2284) El escándalo es la actitud o el comportamiento que induce a otro a hacer el mal. El que escandaliza se convierte en tentador de su prójimo. Atenta contra la virtud y el derecho; puede ocasionar a su hermano la muerte espiritual. El escándalo constituye una falta grave, si por acción u omisión, arrastra deliberadamente a otro a una falta grave. (C.I.C 2285) El escándalo adquiere una gravedad particular según la autoridad de quienes lo causan o la debilidad de quienes lo padecen. Inspiró a nuestro Señor esta maldición: “Al que escandalice a uno de estos pequeños que creen en mí […], más le vale que le cuelguen al cuello una de esas piedras de molino que mueven los asnos y le hundan en lo profundo del mar” (Mt 18, 6; cf. 1Co 8, 10-13). El escándalo es grave cuando es causado por quienes, por naturaleza o por función, están obligados a enseñar y educar a otros. Jesús, en efecto, lo reprocha a los escribas y fariseos: los compara a lobos disfrazados de corderos (cf. Mt 7, 15).

Para la reflexión

 (C.I.C 2286) El escándalo puede ser provocado por la ley o por las instituciones, por la moda o por la opinión. Así se hacen culpables de escándalo quienes instituyen leyes o estructuras sociales que llevan a la degradación de las costumbres y a la corrupción de la vida religiosa, o a “condiciones sociales que, voluntaria o involuntariamente, hacen ardua y prácticamente imposible una conducta cristiana conforme a los mandamientos del Sumo legislador” [Pío XII, Mensaje radiofónico (1 de junio 1941)]. Lo mismo ha de decirse de los empresarios que imponen procedimientos que incitan al fraude, de los educadores que ‘exasperan’ a sus alumnos (cf. Ef 6, 4; Col 3, 21), o de los que, manipulando la opinión pública, la desvían de los valores morales. (C.I.C 2287) El que usa los poderes de que dispone en condiciones que arrastren a hacer el mal se hace culpable de escándalo y responsable del mal que directa o indirectamente ha favorecido. ‘Es imposible que no vengan escándalos; pero, ¡ay de aquel por quien vienen!’ (Lc 17, 1). 

(Siguiente pregunta: ¿Qué deberes tenemos hacia nuestro cuerpo?)

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