lunes, 24 de noviembre de 2014
312. ¿Qué son las indulgencias? (Primera parte)
(Compendio 312) Las indulgencias son la remisión ante
Dios de la pena temporal merecida por los pecados ya perdonados en cuanto a la
culpa, que el fiel, cumpliendo determinadas condiciones, obtiene para sí mismo
o para los difuntos, mediante el ministerio de la Iglesia, la cual, como
dispensadora de la redención, distribuye el tesoro de los méritos de Cristo y
de los santos.
Resumen
(C.I.C 1498) Mediante las
indulgencias, los fieles pueden alcanzar para sí mismos y también para las
almas del Purgatorio la remisión de las penas temporales, consecuencia de los
pecados.
Profundizar y modos de explicaciones
(C.I.C 1471) La doctrina y la
práctica de las indulgencias en la Iglesia están estrechamente ligadas a los
efectos del sacramento de la Penitencia (Pablo VI, const. ap.
"Indulgentiarum doctrina", normas 1-3). "La indulgencia es la
remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en
cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones
consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la
redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de
Cristo y de los santos" (Pablo VI, Indulgentiarum
doctrina, Normas, 1). "La indulgencia es parcial o plenaria según
libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente"
(Pablo VI, Indulgentiarum doctrina,
Normas, 2). "Todo fiel puede lucrar para sí mismo o aplicar por los
difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias tanto parciales como
plenarias" (CIC canon 994). (C.I.C 1473)
El perdón del pecado y la restauración de la comunión con Dios entrañan la
remisión de las penas eternas del pecado. Pero las penas temporales del pecado
permanecen. El cristiano debe esforzarse, soportando pacientemente los
sufrimientos y las pruebas de toda clase y, llegado el día, enfrentándose
serenamente con la muerte, por aceptar como una gracia estas penas temporales del
pecado; debe aplicarse, tanto mediante las obras de misericordia y de caridad,
como mediante la oración y las distintas prácticas de penitencia, a despojarse
completamente del "hombre viejo" y a revestirse del "hombre
nuevo" (cf. Ef 4,24).
Para la reflexión
(C.I.C 1472) Para entender esta
doctrina y esta práctica de la Iglesia es preciso recordar que el pecado tiene una doble consecuencia. El pecado
grave nos priva de la comunión con Dios y por ello nos hace incapaces de la
vida eterna, cuya privación se llama la "pena eterna" del pecado. Por
otra parte, todo pecado, incluso venial, entraña apego desordenado a las
criaturas que tienen necesidad de purificación, sea aquí abajo, sea después de
la muerte, en el estado que se llama Purgatorio. Esta purificación libera de lo
que se llama la "pena temporal" del pecado. Estas dos penas no deben
ser concebidas como una especie de venganza, infligida por Dios desde el
exterior, sino como algo que brota de la naturaleza misma del pecado. Una
conversión que procede de una ferviente caridad puede llegar a la total
purificación del pecador, de modo que no subsistiría ninguna pena (Concilio de Trento: DS 1712-13; 1820). (C.I.C 1474) El cristiano que quiere purificarse de su pecado y
santificarse con ayuda de la gracia de Dios no se encuentra sólo. "La vida
de cada uno de los hijos de Dios está ligada de una manera admirable, en Cristo
y por Cristo, con la vida de todos los otros hermanos cristianos, en la unidad
sobrenatural del Cuerpo místico de Cristo, como en una persona mística"
(Pablo VI, Indulgentiarum doctrina,
5). (Continua)
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