miércoles, 24 de septiembre de 2014

269. ¿Quién puede recibir este sacramento?



269. ¿Quién puede recibir este sacramento?   


(Compendio 269) El sacramento de la Confirmación puede y debe recibirlo, una sola vez, aquel que ya ha sido bautizado. Para recibirlo con fruto hay que estar en gracia de Dios.

Resumen

(C.I.C 1319) El candidato a la Confirmación que ya ha alcanzado el uso de razón debe profesar la fe, estar en estado de gracia, tener la intención de recibir el sacramento y estar preparado para asumir su papel de discípulo y de testigo de Cristo, en la comunidad eclesial y en los asuntos temporales.

Profundizar y modos de explicaciones

(C.I.C 1306) Todo bautizado, aún no confirmado, puede y debe recibir el sacramento de la Confirmación (cf. CIC canon 889, 1). Puesto que Bautismo, Confirmación y Eucaristía forman una unidad, de ahí se sigue que "los fieles tienen la obligación de recibir este sacramento en tiempo oportuno" CIC, canon 890), porque sin la Confirmación y la Eucaristía el sacramento del Bautismo es ciertamente válido y eficaz, pero la iniciación cristiana queda incompleta. (C.I.C 1307) La costumbre latina, desde hace siglos, indica "la edad del uso de razón", como punto de referencia para recibir la Confirmación. Sin embargo, en peligro de muerte, se debe confirmar a los niños incluso si no han alcanzado todavía la edad del uso de razón (cf. CIC cánones 891; 883, 3). (C.I.C 1310) Para recibir la Confirmación es preciso hallarse en estado de gracia. Conviene recurrir al sacramento de la Penitencia para ser purificado en atención al don del Espíritu Santo. Hay que prepararse con una oración más intensa para recibir con docilidad y disponibilidad la fuerza y las gracias del Espíritu Santo (cf. Hch 1,14). (C.I.C 1311) Para la Confirmación, como para el Bautismo, conviene que los candidatos busquen la ayuda espiritual de un padrino o de una madrina. Conviene que sea el mismo que para el Bautismo a fin de subrayar la unidad entre los dos sacramentos (cf. Ritual de la Confirmación, Praenotandos 3; CIC canon 893, 1. 2).  

Para la reflexión

(C.I.C 1308) Si a veces se habla de la Confirmación como del "sacramento de la madurez cristiana", es preciso, sin embargo, no confundir la edad adulta de la fe con la edad adulta del crecimiento natural, ni olvidar que la gracia bautismal es una gracia de elección gratuita e inmerecida que no necesita una "ratificación" para hacerse efectiva. Santo Tomás lo recuerda: “La edad del cuerpo no prejuzga la del alma. Así, incluso en la infancia, el hombre puede recibir la perfección de la edad espiritual de que habla la Sabiduría (4,8): ‘la vejez honorable no es la que dan los muchos días, no se mide por el número de los años’. Así numerosos niños, gracias a la fuerza del Espíritu Santo que habían recibido, lucharon valientemente y hasta la sangre por Cristo” (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae 3, 72, 8, ad 2). (C.I.C 1309) La preparación para la Confirmación debe tener como meta conducir al cristiano a una unión más íntima con Cristo, a una familiaridad más viva con el Espíritu Santo, su acción, sus dones y sus llamadas, a fin de poder asumir mejor las responsabilidades apostólicas de la vida cristiana. Por ello, la catequesis de la Confirmación se esforzará por suscitar el sentido de la pertenencia a la Iglesia de Jesucristo, tanto a la Iglesia universal como a la comunidad parroquial. Esta última tiene una responsabilidad particular en la preparación de los confirmandos (cf. Ritual de la Confirmación, Praenotandos 3).  

(Siguiente pregunta: ¿Quién es el ministro de la Confirmación?)

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