martes, 16 de septiembre de 2014
263. ¿Cuáles son los efectos del Bautismo? (Tercera parte - continuación)
(Compendio 263 - repetición) El Bautismo perdona el pecado original, todos
los pecados personales y todas las penas debidas al pecado; hace participar de
la vida divina trinitaria mediante la gracia santificante, la gracia de la
justificación que incorpora a Cristo y a su Iglesia; hace participar del
sacerdocio de Cristo y constituye el fundamento de la comunión con los demás
cristianos; otorga las virtudes teologales y los dones del Espíritu Santo. El
bautizado pertenece para siempre a Cristo: en efecto, queda marcado con el
sello indeleble de Cristo (carácter).
Resumen
(C.I.C 1279) El
fruto del Bautismo, o gracia bautismal, es una realidad rica que comprende: el
perdón del pecado original y de todos los pecados personales; el nacimiento a
la vida nueva, por la cual el hombre es hecho hijo adoptivo del Padre, miembro
de Cristo, templo del Espíritu Santo. Por la acción misma del bautismo, el
bautizado es incorporado a la Iglesia, Cuerpo de Cristo, y hecho partícipe del
sacerdocio de Cristo.
Profundizar y modos de explicaciones
(C.I.C 1270) Los
bautizados "renacidos [por el bautismo] como hijos de Dios están obligados
a confesar delante de los hombres la fe que recibieron de Dios por medio de la
Iglesia" (Lumen gentium, 11) y
de participar en la actividad apostólica y misionera del Pueblo de Dios (cf. Lumen gentium, 17; Ad gentes, 7, 23). (C.I.C 1271) El
Bautismo constituye el fundamento de la comunión entre todos los cristianos, e
incluso con los que todavía no están en plena comunión con la Iglesia católica:
"Los que creen en Cristo y han recibido ritualmente el bautismo están en
una cierta comunión, aunque no perfecta, con la Iglesia católica [...]
justificados por la fe en el bautismo, se han incorporado a Cristo; por tanto,
con todo derecho se honran con el nombre de cristianos y son reconocidos con
razón por los hijos de la Iglesia Católica como hermanos del Señor" (Unitatis redintegratio, 3). "Por
consiguiente, el bautismo constituye un vínculo
sacramental de unidad, vigente entre los que han sido regenerados por
él" (Unitatis redintegratio,
22). (C.I.C 1272) Incorporado a Cristo por el
Bautismo, el bautizado es configurado con Cristo (cf. Rm 8,29). El Bautismo
imprime en el cristiano un sello espiritual indeleble (character) de su pertenencia a Cristo. Este sello no es borrado por
ningún pecado, aunque el pecado impida al Bautismo dar frutos de salvación (cf.
DS 1609-1619). Dado una vez por todas, el Bautismo no puede ser reiterado.
Para la reflexión
(C.I.C 1273) Incorporados
a la Iglesia por el Bautismo, los fieles han recibido el carácter sacramental
que los consagra para el culto religioso cristiano (cf. Lumen gentium, 11). El sello bautismal capacita y compromete a los
cristianos a servir a Dios mediante una participación viva en la santa Liturgia
de la Iglesia y a ejercer su sacerdocio bautismal por el testimonio de una vida
santa y de una caridad eficaz (cf. Lumen
gentium, 10). (C.I.C 1274) El "sello del Señor" (San Agustín, Epistula 98,5: PL 33, 362), es el sello
con que el Espíritu Santo nos ha marcado "para el día de la
redención" (Ef 4,30; 1,13-14; 2Co
1,21-22). "El Bautismo, en efecto, es el sello de la vida eterna" (San
Ireneo de Lyon, Demonstratio
praedicationis apostolicae, 3). El fiel que "guarde el sello"
hasta el fin, es decir, que permanezca fiel a las exigencias de su Bautismo,
podrá morir marcado con "el signo de la fe" (Plegaria Eucaristica I o Canon Romano), con la fe de su Bautismo,
en la espera de la visión bienaventurada de Dios –consumación de la fe– y en la
esperanza de la resurrección. [Fin]
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