viernes, 28 de agosto de 2015
509. ¿Cuál es el contenido de la doctrina social de la Iglesia? (Segunda parte - continuación)
(Compendio 509
– repetición) La doctrina social de la Iglesia, como
desarrollo orgánico de la verdad del Evangelio acerca de la dignidad de la
persona humana y sus dimensiones sociales, contiene principios de reflexión,
formula criterios de juicio y ofrece normas y orientaciones para la acción.
Resumen
(C.I.C 2458) La
Iglesia pronuncia un juicio en materia económica y social cuando lo exigen los
derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas. Cuida del
bien común temporal de los hombres en razón de su ordenación al supremo Bien,
nuestro fin último.
Profundizar y modos
de explicaciones
(C.I.C 2421) La
doctrina social de la Iglesia se desarrolló en el siglo XIX, cuando se produce
el encuentro entre el Evangelio y la sociedad industrial moderna, sus nuevas
estructuras para producción de bienes de consumo, su nueva concepción de la
sociedad, del Estado y de la autoridad, sus nuevas formas de trabajo y de
propiedad. El desarrollo de la doctrina de la Iglesia en materia económica y
social da testimonio del valor permanente de la enseñanza de la Iglesia, al
mismo tiempo que del sentido verdadero de su Tradición siempre viva y activa
(cf. Centesimus Annus, 3). (C.I.C
2422) La enseñanza social de la Iglesia contiene un cuerpo de doctrina que se articula
a medida que la Iglesia interpreta los acontecimientos a lo largo de la
historia, a la luz del conjunto de la palabra revelada por Cristo Jesús y con
la asistencia del Espíritu Santo (cf. Sollicitudo
rei socialis, 1; 41). Esta enseñanza resultará tanto más aceptable para los
hombres de buena voluntad cuanto más inspire la conducta de los fieles.
Para la reflexión
(C.I.C 2423) La
doctrina social de la Iglesia propone principios de reflexión, extrae criterios
de juicio, da orientaciones para la acción: Todo sistema según el cual las
relaciones sociales deben estar determinadas enteramente por los factores
económicos, resulta contrario a la naturaleza de la persona humana y de sus
actos (cf. Centesimus Annus, 24).
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