lunes, 17 de agosto de 2015
502. ¿Cuáles son las ofensas a la dignidad del Matrimonio? (Cuarta parte - continuación)
(Compendio 502
- repetición) Las ofensas a la dignidad del Matrimonio son las
siguientes: el adulterio, el divorcio, la poligamia, el incesto, la unión libre
(convivencia, concubinato) y el acto sexual antes o fuera del matrimonio.
Resumen
(C.I.C 1661) El sacramento del matrimonio significa la unión de
Cristo con la Iglesia. Da a los esposos la gracia de amarse con el amor con que
Cristo amó a su Iglesia; la gracia del sacramento perfecciona así el amor
humano de los esposos, reafirma su unidad indisoluble y los santifica en el
camino de la vida eterna (Cf. Concilio de Trento: DS 1799). (C.I.C 2400)
El adulterio y el divorcio, la poligamia y la unión libre son ofensas graves a
la dignidad del matrimonio.
Profundizar y modos
de explicaciones
(C.I.C 2388) Incesto es la relación carnal entre
parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio (cf. Lv 18,
7-20). San Pablo condena esta falta particularmente grave: ‘Se oye hablar de
que hay inmoralidad entre vosotros [...] hasta el punto de que uno de vosotros
vive con la mujer de su padre. [...] En nombre del Señor Jesús [...] sea
entregado ese individuo a Satanás para destrucción de la carne [...]’ (1Co 5,
1.4-5). El incesto corrompe las relaciones familiares y representa una
regresión a la animalidad. (C.I.C 2207)
La familia es la célula original de la
vida social. Es la sociedad natural en que el hombre y la mujer son
llamados al don de sí en el amor y en el don de la vida. La autoridad, la
estabilidad y la vida de relación en el seno de la familia constituyen los
fundamentos de la libertad, de la seguridad, de la fraternidad en el seno de la
sociedad. La familia es la comunidad en la que, desde la infancia, se pueden
aprender los valores morales, se comienza a honrar a Dios y a usar bien de la
libertad. La vida de familia es iniciación a la vida en sociedad.
Para la reflexión
(C.I.C 2389) Se
puede equiparar al incesto los abusos sexuales perpetrados por adultos en niños
o adolescentes confiados a su guarda. Entonces esta falta adquiere una mayor
gravedad por atentar escandalosamente contra la integridad física y moral de
los jóvenes que quedarán así marcados para toda la vida, y por ser una
violación de la responsabilidad educativa. (C.I.C 2285) El escándalo adquiere
una gravedad particular según la autoridad de quienes lo causan o la debilidad
de quienes lo padecen. Inspiró a nuestro Señor esta maldición: “Al que
escandalice a uno de estos pequeños que creen en mí […], más le vale que le
cuelguen al cuello una de esas piedras de molino que mueven los asnos y le
hundan en lo profundo del mar” (Mt 18, 6; cf. 1Co 8, 10-13). El escándalo es
grave cuando es causado por quienes, por naturaleza o por función, están
obligados a enseñar y educar a otros. Jesús, en efecto, lo reprocha a los
escribas y fariseos: los compara a lobos disfrazados de corderos (cf. Mt 7,
15). (Continua)
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