sábado, 8 de agosto de 2015

496. ¿Cuál es el significado del acto conyugal? (Segunda parte - continuación)





496. ¿Cuál es el significado del acto conyugal? (Segunda parte - continuación)   


(Compendio 496 - repetición) El acto conyugal tiene un doble significado: de unión (la mutua donación de los cónyuges), y de procreación (apertura a la transmisión de la vida). Nadie puede romper la conexión inseparable que Dios ha querido entre los dos significados del acto conyugal, excluyendo de la relación el uno o el otro.

Resumen

(C.I.C 2360) La sexualidad está ordenada al amor conyugal del hombre y de la mujer. En el matrimonio, la intimidad corporal de los esposos viene a ser un signo y una garantía de comunión espiritual. Entre bautizados, los vínculos del matrimonio están santificados por el sacramento.   

Profundizar y modos de explicaciones

(C.I.C 2365) La fidelidad expresa la constancia en el mantenimiento de la palabra dada. Dios es fiel. El sacramento del Matrimonio hace entrar al hombre y la mujer en el misterio de la fidelidad de Cristo para con su Iglesia. Por la castidad conyugal dan testimonio de este misterio ante el mundo. San Juan Crisóstomo sugiere a los jóvenes esposos hacer este razonamiento a sus esposas: “Te he tomado en mis brazos, te amo y te prefiero a mi vida. Porque la vida presente no es nada, te ruego, te pido y hago todo lo posible para que de tal manera vivamos la vida presente que allá en la otra podamos vivir juntos con plena seguridad. […] Pongo tu amor por encima de todo, y nada me será más penoso que apartarme alguna vez de ti” (San Juan Crisóstomo, In epistulam ad Ephesios, homilia 2, 8: PG 62, 146-147). (C.I.C 2366) La fecundidad es un don, un fin del matrimonio, pues el amor conyugal tiende naturalmente a ser fecundo. El niño no viene de fuera a añadirse al amor mutuo de los esposos; brota del corazón mismo de ese don recíproco, del que es fruto y cumplimiento. Por eso la Iglesia, que ‘está en favor de la vida’ (Familiaris consortio, 30), enseña que todo ‘acto matrimonial debe quedar abierto a la transmisión de la vida’ (Humanae vitae, 11). ‘Esta doctrina, muchas veces expuesta por el Magisterio, está fundada sobre la inseparable conexión que Dios ha querido y que el hombre no puede romper por propia iniciativa, entre los dos significados del acto conyugal: el significado unitivo y el significado procreador’ (Humanae vitae, 12; Casti connubii: DS 3717).    

Para la reflexión

(C.I.C 2367) Llamados a dar la vida, los esposos participan del poder creador y de la paternidad de Dios (cf Ef. 3, 14; Mt 23, 9). ‘En el deber de transmitir la vida humana y educarla, que han de considerar como su misión propia, los cónyuges saben que son cooperadores del amor de Dios Creador y en cierta manera sus intérpretes. Por ello, cumplirán su tarea con responsabilidad humana y cristiana’ (Gaudium et spes, 50). (C.I.C 2369) ‘Salvaguardando ambos aspectos esenciales, unitivo y procreador, el acto conyugal conserva íntegro el sentido de amor mutuo y verdadero y su ordenación a la altísima vocación del hombre a la paternidad’ (Humanae vitae, 12). [Fin] 

(Siguiente pregunta: ¿Cuándo es moral la regulación de la natalidad?)

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