viernes, 7 de agosto de 2015
496. ¿Cuál es el significado del acto conyugal? (Primera parte)
(Compendio
496) El acto conyugal tiene un doble significado: de unión (la mutua donación
de los cónyuges), y de procreación (apertura a la transmisión de la vida).
Nadie puede romper la conexión inseparable que Dios ha querido entre los dos
significados del acto conyugal, excluyendo de la relación el uno o el otro.
Resumen
(C.I.C 2360) La
sexualidad está ordenada al amor conyugal del hombre y de la mujer. En el
matrimonio, la intimidad corporal de los esposos viene a ser un signo y una
garantía de comunión espiritual. Entre bautizados, los vínculos del matrimonio
están santificados por el sacramento.
Profundizar y modos
de explicaciones
(C.I.C 2363) Por
la unión de los esposos se realiza el doble fin del matrimonio: el bien de los
esposos y la transmisión de la vida. No se pueden separar estas dos
significaciones o valores del matrimonio sin alterar la vida espiritual de los
cónyuges ni comprometer los bienes del matrimonio y el porvenir de la familia.
Así, el amor conyugal del hombre y de la mujer queda situado bajo la doble
exigencia de la fidelidad y la fecundidad. (C.I.C 2364) El matrimonio
constituye una ‘íntima comunidad de vida y amor conyugal, fundada por el
Creador y provista de leyes propias’. Esta comunidad ‘se establece con la
alianza del matrimonio, es decir, con un consentimiento personal e irrevocable’
(Gaudium et spes, 48). Los dos se dan
definitiva y totalmente el uno al otro. Ya no son dos, ahora forman una sola
carne. La alianza contraída libremente por los esposos les impone la obligación
de mantenerla una e indisoluble (cf. CIC canon 1056). ‘Lo que Dios unió […], no
lo separe el hombre’ (Mc 10, 9; cf. Mt 19, 1-12; 1Co 7, 10-11).
Para la reflexión
(C.I.C 2362) ‘Los
actos […] con los que los esposos se unen íntima y castamente entre sí son
honestos y dignos, y, realizados de modo verdaderamente humano, significan y
fomentan la recíproca donación, con la que se enriquecen mutuamente con alegría
y gratitud’ (Gaudium et spes, 49). La
sexualidad es fuente de alegría y de agrado: “El Creador [...] estableció que
en esta función [de generación] los esposos experimentasen un placer y una
satisfacción del cuerpo y del espíritu. Por tanto, los esposos no hacen nada
malo procurando este placer y gozando de él. Aceptan lo que el Creador les ha
destinado. Sin embargo, los esposos deben saber mantenerse en los límites de
una justa moderación” (Pío XII, Discurso
a las participantes en el Congreso de la Unión Católica Italiana de
especialistas en Obstetricia, (29 de octubre 1951). (Continua)
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