martes, 20 de febrero de 2018
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 268.
(Respuesta
YouCat) Para los católicos puede ser difícil, para la propia fe y para la de
los futuros hijos casarse y vivir con una pareja que pertenece a otra religión.
Por responsabilidad ante los fíeles, la Iglesia católica ha establecido el
impedimento para contraer matrimonio con disparidad de culto. Por eso un
matrimonio de este tipo sólo puede contraerse válidamente si antes del enlace
se obtiene la dispensa de este impedimento. Este matrimonio no es sacramental.
Reflecciones y puntos a profundizar (Comentario CIC) (C.I.C 842) El vínculo de la Iglesia con las religiones no cristianas es en
primer lugar el del origen y el del fin comunes del género humano: “Todos los
pueblos forman una única comunidad y tienen un mismo origen, puesto que Dios
hizo habitar a todo el género humano sobre la entera faz de la tierra; tienen
también un único fin último, Dios, cuya providencia, testimonio de bondad y
designios de salvación se extienden a todos hasta que los elegidos se unan en
la Ciudad Santa” (Nostra aetate, 1).
Para meditar
(Comentario CIC) (C.I.C 843) La Iglesia reconoce en las otras
religiones la búsqueda "en sombras y bajo imágenes", del Dios
desconocido pero próximo ya que es Él quien da a todos vida, el aliento y todas
las cosas y quiere que todos los hombres se salven. Así, la Iglesia aprecia
todo lo bueno y verdadero, que puede encontrarse en las diversas religiones,
"como una preparación al Evangelio y como un don de aquel que ilumina a
todos los hombres, para que al fin tengan la vida" (Lumen gentium, 16; cf. Nostra
aetate, 2; Evangelii nuntiandi, 53).
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