miércoles, 7 de febrero de 2018
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 262.
(Respuesta
YouCat – repeticion) Para que haya matrimonio sacramental se requieren
necesariamente tres elementos: a) el consentimiento expresado en libertad, b)
la aceptación de una unión exclusiva y para toda la vida y c) la apertura a los
hijos. Pero lo más profundo en un matrimonio cristiano es la conciencia de la
pareja de ser una imagen viva del amor entre Cristo y su Iglesia.
Reflecciones y puntos a profundizar (Comentario CIC) (C.I.C 1650) Hoy son
numerosos en muchos países los católicos que recurren al divorcio según las leyes civiles y que contraen también civilmente
una nueva unión. La Iglesia mantiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo
("Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra
aquella; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete
adulterio": Mc 10,11-12), que no puede reconocer como válida esta nueva
unión, si era válido el primer matrimonio. Si los divorciados se vuelven a
casar civilmente, se ponen en una situación que contradice objetivamente a la
ley de Dios. Por lo cual no pueden acceder a la comunión eucarística mientras
persista esta situación, y por la misma razón no pueden ejercer ciertas
responsabilidades eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento de la
Penitencia no puede ser concedida más que aquellos que se arrepientan de haber
violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo y que se comprometan
a vivir en total continencia.
Para meditar
(Comentario YouCat) La
exigencia de la unidad y La indisolubilidad se dirige en primer lugar contra la
poligamia, en la que el cristianismo ve una clara vulneración del amor y de los
derechos humanos; también se dirige contra lo que se podría denominar
«poligamia sucesiva»: una sucesión de relaciones amorosas no vinculantes, que
no alcanzan un único y gran «sí» que ya no se puede echar atrás. La exigencia
de la fidelidad conyugal contiene la disposición a un compromiso para toda la
vida, que excluye relaciones amorosas al margen del matrimonio. La exigencia de
la apertura a la fecundidad quiere decir que un matrimonio cristiano está
abierto a los hijos que Dios les quiera conceder. Las parejas que no pueden
tener hijos están llamadas a ser «fecundas» de otra manera. Un matrimonio en
cuya celebración se excluya cualquiera de estos elementos no es válido.
(Comentario CIC) (C.I.C 1653) La
fecundidad del amor conyugal se extiende a los frutos de la vida moral,
espiritual y sobrenatural que los padres transmiten a sus hijos por medio de la
educación. Los padres son los principales y primeros educadores de sus hijos
(Cf. Gravissimum educationis, 3). En
este sentido, la tarea fundamental del matrimonio y de la familia es estar al
servicio de la vida (Cf. Familiaris
consortio, 28).
Continua la Pregunta: ¿Qué se requiere necesariamente para poder
casarse por la Iglesia?)
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