martes, 31 de julio de 2012

Ex 22,20-21 No harás daño a la viuda ni al huérfano


Éxodo 22 (pàginas selectas)

(Ex 22,20-21) No harás daño a la viuda ni al huérfano  

20 No maltratarás al extranjero ni lo oprimirás, porque ustedes fueron extranjeros en Egipto. 21 No harás daño a la viuda ni al huérfano. 
(C.I.C 1857) Para que un pecado sea mortal se requieren tres condiciones: ‘Es pecado mortal lo que tiene como objeto una materia grave y que, además, es cometido con pleno conocimiento y deliberado consentimiento’ (Reconciliatio et paenitentia, 17). (C.I.C 1858) La materia grave es precisada por los Diez mandamientos según la respuesta de Jesús al joven rico: ‘No mates, no cometas adulterio, no robes, no levantes testimonio falso, no seas injusto, honra a tu padre y a tu madre’ (Mc 10, 19). La gravedad de los pecados es mayor o menor: un asesinato es más grave que un robo. La cualidad de las personas lesionadas cuenta también: la violencia ejercida contra los padres es más grave que la ejercida contra un extraño. (C.I.C 1867) La tradición catequética recuerda también que existen ‘pecados que claman al cielo’. Claman al cielo: la sangre de Abel (cf. Gn 4, 10); el pecado de los sodomitas (cf. Gn 18, 20; 19, 13); el clamor del pueblo oprimido en Egipto (cf. Ex 3, 7-10); el lamento del extranjero, de la viuda y el huérfano (cf. Ex 22, 20-22); la injusticia para con el asalariado (cf. Dt 24, 14-15; St 5, 4).

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