jueves, 23 de noviembre de 2017
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 222
(Respuesta YouCat – repeticion ) La sagrada Comunión es
expresión de la unidad del Cuerpo de Cristo. Pertenece a la Iglesia católica
quien está bautizado en ella, comparte su fe y vive en unión con ella. Sería
una contradicción que la Iglesia invitara a comulgar a personas que no
comparten (aún) la fe y la vida de la Iglesia. La credibilidad del signo de la
Eucaristía se vería perjudicada.
Reflecciones y
puntos a profundizar (Comentario
CIC) (C.I.C 1400) Las comunidades eclesiales nacidas de la Reforma,
separadas de la Iglesia católica, "sobre todo por defecto del sacramento
del orden, no han conservado la sustancia genuina e íntegra del Misterio
eucarístico" (Unitatis
redintegratio, 22). Por esto, para la Iglesia católica, la intercomunión
eucarística con estas comunidades no es posible. Sin embargo, estas comunidades
eclesiales "al conmemorar en la Santa Cena la muerte y la resurrección del
Señor, profesan que en la comunión de Cristo se significa la vida, y esperan su
venida gloriosa" (Unitatis
redintegratio, 22).
Para meditar
(Comentario YouCat) Cristianos ortodoxos aislados pueden
solicitar la recepción de la sagrada Comunión en una celebración católica,
porque comparten la fe eucarística de la Iglesia católica, aunque sus
comunidades no viven aún en la comunión plena con la Iglesia católica. En el
caso de los miembros de otras confesiones cristianas, se puede administrar la
sagrada Comunión en casos especiales, siempre que se dé una necesidad grave y
se dé la fe plena en la presencia eucarística. La celebración común de la
Eucaristía/Santa Cena de cristianos católicos y evangélicos es la meta y el
deseo de todos los esfuerzos ecuménicos, pero anticiparla, sin que se haya
establecido la realidad del Cuerpo de Cristo en una fe y en la única Iglesia,
es erróneo y por ello no está permitido. Otro tipo de celebraciones ecuménicas,
en las que cristianos de diferentes confesiones rezan juntos, son buenas y son
recomendadas también por la Iglesia católica.
(Comentario CIC) (C.I.C 1401)
Si, a juicio del Ordinario, se presenta una necesidad grave, los ministros
católicos pueden administrar los sacramentos (Eucaristía, Penitencia, Unción de
los enfermos) a cristianos que no están en plena comunión con la Iglesia
católica, pero que piden estos sacramentos con deseo y rectitud: en tal caso se
precisa que profesen la fe católica respecto a estos sacramentos y estén bien
dispuestos (cf. CIC canon 844, 4).
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