viernes, 19 de diciembre de 2014

332. ¿Quién puede conferir este sacramento?



332. ¿Quién puede conferir este sacramento?   


(Compendio 332) Corresponde a los obispos válidamente ordenados, en cuanto sucesores de los Apóstoles, conferir los tres grados del sacramento del Orden.

Resumen

(C.I.C 1600) Corresponde a los Obispos conferir el sacramento del Orden en los tres grados.   

Profundizar y modos de explicaciones

(C.I.C 1575) Fue Cristo quien eligió a los Apóstoles y les hizo partícipes de su misión y su autoridad. Elevado a la derecha del Padre, no abandona a su rebaño, sino que lo guarda por medio de los Apóstoles bajo su constante protección y lo dirige también mediante estos mismos pastores que continúan hoy su obra (Prefacio de Apóstoles I:  Misal Romano). Por tanto, es Cristo "quien da" a unos el ser Apóstoles, a otros pastores (cf. Ef 4,11). Sigue actuando por medio de los obispos (Lumen gentium, 21).    

Para la reflexión

(C.I.C 1576) Dado que el sacramento del Orden es el sacramento del ministerio apostólico, corresponde a los obispos, en cuanto sucesores de los Apóstoles, transmitir "el don espiritual" (Lumen gentium 21), "la semilla apostólica" (Lumen gentium, 20). Los obispos válidamente ordenados, es decir, que están en la línea de la sucesión apostólica, confieren válidamente los tres grados del sacramento del Orden (cf. DS 794, 802; CIC canon 1012; CCEO, cánones 744. 747) 

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