jueves, 24 de enero de 2019
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 423.
(Respuesta YouCat) Toda ayuda por parte de la medicina y
de la investigación para concebir un hijo debe detenerse cuando se disuelve o
se destruye por medio de una tercera persona la paternidad conjunta de los
padres o cuando la concepción se convierte en un acto técnico fuera de la unión
sexual dentro del matrimonio.
Reflecciones y
puntos a profundizar
(Comentario CIC) (CIC
2374) Grande es el sufrimiento
de los esposos que se descubren estériles. Abraham pregunta a Dios: “¿Qué me
vas a dar, si me voy sin hijos...?” (Gn 15, 2). Y Raquel dice a su
marido Jacob: “Dame hijos, o si no me muero” (Gn 30, 1).
Para meditar
(Comentario YouCat) Por
respeto a la dignidad de la persona, la Iglesia rechaza la concepción de un
hijo por medio de inseminación o la fecundación heteróloga u homologa. Todo
hijo tiene el derecho, dado por Dios, a tener un padre y una madre, a conocer a
ese padre y a esa madre y, si es posible, a crecer en el ámbito de su amor. La
inseminación o la fecundación artificial con el semen de un hombre extraño
(heteróloga) destruye también el espíritu del matrimonio, en el cual el hombre
y la mujer tienen derecho a llegar a ser padre o madre exclusivamente a través
del otro cónyuge. Pero también la inseminación o la fecundación homologa
(cuando el semen procede del propio esposo) hace del hijo un producto de un
procedimiento técnico y no el fruto de la unidad amorosa del encuentro sexual
personal. Y cuando el niño se convierte en un producto, surge en seguida la
pregunta cínica acerca de la calidad y la garantía de ese producto. La Iglesia
rechaza también la técnica del diagnóstico genético preimplantacional (DGP),
que se lleva a cabo con el fin de eliminar a los embriones que no se consideran
perfectos. También el recurso a una madre de alquiler, por el que se implanta a
una mujer extraña un embrión obtenido por fecundación artificial, es contraria
a la dignidad de la persona.
(Comentario CIC) (CIC 2377) Practicadas dentro de la pareja, estas técnicas
(inseminación y fecundación artificiales homólogas) son quizá menos
perjudiciales, pero no dejan de ser moralmente reprobables. Disocian el acto
sexual del acto procreador. El acto fundador de la existencia del hijo ya no es
un acto por el que dos personas se dan una a otra, sino que “confía la vida y
la identidad del embrión al poder de los médicos y de los biólogos, e instaura
un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona
humana. Una tal relación de dominio es en sí contraria a la dignidad e igualdad
que debe ser común a padres e hijos” (cf Congregación para la Doctrina de
la Fe, Instr. Donum vitae, 82). “La
procreación queda privada de su perfección propia, desde el punto de vista
moral, cuando no es querida como el fruto del acto conyugal, es decir, del
gesto específico de la unión de los esposos [...] solamente el respeto de la
conexión existente entre los significados del acto conyugal y el respeto de la
unidad del ser humano, consiente una procreación conforme con la dignidad de la
persona” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae, 2, 4).
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario