domingo, 20 de enero de 2019

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 420.


YOUCAT Pregunta n. 420 ¿Puede un matrimonio cristiano utilizar métodos de regulación de la fecundidad?


(Respuesta YouCat) Sí, un matrimonio cristiano puede y debe actuar responsablemente con el don de poder dar vida.   

Reflecciones y puntos a profundizar    

(Comentario CIC) (CIC 2368) Un aspecto particular de esta responsabilidad se refiere a la regulación de la procreación. Por razones justificadas (Gaudium et spes, 50), los esposos pueden querer espaciar los nacimientos de sus hijos. En este caso, deben cerciorarse de que su deseo no nace del egoísmo, sino que es conforme a la justa generosidad de una paternidad responsable. Por otra parte, ordenarán su comportamiento según los criterios objetivos de la moralidad: «El carácter moral de la conducta [...], cuando se trata de conciliar el amor conyugal con la transmisión responsable de la vida, no depende sólo de la sincera intención y la apreciación de los motivos, sino que debe determinarse a partir de criterios objetivos, tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos; criterios que conserven íntegro el sentido de la donación mutua y de la procreación humana en el contexto del amor verdadero; esto es imposible si no se cultiva con sinceridad la virtud de la castidad conyugal» (Gaudium et spes, 51).

Para meditar   

(Comentario YouCat) En ocasiones hay circunstancias sociales, psíquicas y de salud en las que un hijo más podría suponer una gran exigencia para la pareja. Por ello hay criterios claros que los matrimonios deben considerar: la regulación de la fecundidad no quiere decir, en primer lugar, que una pareja excluya por principio la concepción. En segundo lugar, no puede significar que se excluya a los hijos por razones egoístas. En tercer lugar, no puede significar que se dé una presión externa (como, por ejemplo, cuando el Estado decide cuántos hijos está autorizada a tener una pareja). Y en cuarto lugar, no quiere decir que se pueda usar para ello cualquier tipo de medios. 

(Comentario CIC) (CIC 2369) “Salvaguardando ambos aspectos esenciales, unitivo y procreador, el acto conyugal conserva íntegro el sentido de amor mutuo y verdadero y su ordenación a la altísima vocación del hombre a la paternidad” (Humanae vitae, 12).

(Siguiente Pregunta: ¿Por qué no son buenos todos los métodos de regulación de la fecundidad?)

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