viernes, 22 de diciembre de 2017

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 237



YOUCAT Pregunta n. - 237 ¿Hay pecados tan graves que no los pueda absolver un sacerdote normal?


(Respuesta YouCat) Hay pecados en los cuales el hombre se aparta totalmente de Dios y, dada la gravedad especial del acto,atrae sobre sí la pena de excomunión. En caso de pecados sancionados con excomunión, sólo puede conceder la absolución el Obispo o un sacerdote que tenga este oficio específico, e incluso en algunos casos sólo el Papa. En caso de peligro de muerte todo sacerdote puede absolver de cualquier pecado y de la excomunión.   

Reflecciones y puntos a profundizar (Comentario CIC) (C.I.C 1463) Ciertos pecados particularmente graves están sancionados con la excomunión, la pena eclesiástica más severa, que impide la recepción de los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos, y cuya absolución, por consiguiente, sólo puede ser concedida, según el derecho de la Iglesia, al Papa, al obispo del lugar, o a sacerdotes autorizados por ellos (cf. CIC canon 1331; CCEO, canon 1431. 1434). En caso de peligro de muerte, todo sacerdote, aún el que carece de la facultad de oír confesiones, puede absolver de cualquier pecado (cf. CIC canon 1354-1357; CCEO canon 1420), y de toda excomunión (cf. CIC canon 976; para la absolución de los pecados, CCEO canon 725).

Para meditar  
(Comentario YouCat) Un católico que, por ejemplo, presta una colaboración imprescindible para un aborto que efectivamente se realiza,se excluye automáticamente de los sacramentos; la Iglesia sólo constata este estado. La excomunión tiene la intención de que el pecador cambie de vida y vuelva al buen camino.

(Comentario CIC)  (C.I.C 982) No hay ninguna falta por grave que sea que la Iglesia no pueda perdonar. "No hay nadie, tan perverso y tan culpable que, si verdaderamente está arrepentido de sus pecados non pueda contar con la esperanza cierta de perdon” (Catecismo Romano, 1, 11, 5). Cristo, que ha muerto por todos los hombres, quiere que, en su Iglesia, estén siempre abiertas las puertas del perdón a cualquiera que vuelva del pecado (cf. Mt 18, 21-22). 

(Siguiente Pregunta: ¿Puede un sacerdote contar a otras personas algo que haya conocido en la confesión?)  

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