viernes, 8 de diciembre de 2017

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 231



YOUCAT Pregunta n. - 231 ¿Cuáles son los dos requisitos esenciales que sedeben dar en un cristiano para que se le perdonen los pecados en el sacramento de la Penitencia?


(Respuesta YouCat) Los requisitos para el perdón de los pecados son la persona que se convierte y el presbítero, que, en nombre de Dios, le concede la absolución de sus pecados.   

Reflecciones y puntos a profundizar (Comentario CIC)   (C.I.C 1448) A través de los cambios que la disciplina y la celebración de este sacramento han experimentado a lo largo de los siglos, se descubre una misma estructura fundamental. Comprende dos elementos igualmente esenciales: por una parte, los actos del hombre que se convierte bajo la acción del Espíritu Santo, a saber, la contrición, la confesión de los pecados y la satisfacción; y por otra parte, la acción de Dios por ministerio de la Iglesia. Por medio del obispo y de sus presbíteros, la Iglesia en nombre de Jesucristo concede el perdón de los pecados, determina la modalidad de la satisfacción, ora también por el pecador y hace penitencia con él. Así el pecador es curado y restablecido en la comunión eclesial. (C.I.C 1490) El movimiento de retorno a Dios, llamado conversión y arrepentimiento, implica un dolor y una aversión respecto a los pecados cometidos, y el propósito firme de no volver a pecar. La conversión, por tanto, mira al pasado y al futuro; se nutre de la esperanza en la misericordia divina. 

Para meditar 
(Comentario CIC)  (C.I.C 1491) El sacramento de la Penitencia está constituido por el conjunto de tres actos realizados por el penitente, y por la absolución del sacerdote. Los actos del penitente son: el arrepentimiento, la confesión o manifestación de los pecados al sacerdote y el propósito de realizar la reparación y las obras de penitencia. (C.I.C 1492) El arrepentimiento (llamado también contrición) debe estar inspirado en motivaciones que brotan de la fe. Si el arrepentimiento es concebido por amor de caridad hacia Dios, se le llama "perfecto"; si está fundado en otros motivos se le llama "imperfecto". (C.I.C 1493) El que quiere obtener la reconciliación con Dios y con la Iglesia debe confesar al sacerdote todos los pecados graves que no ha confesado aún y de los que se acuerda tras examinar cuidadosamente su conciencia. Sin ser necesaria, de suyo, la confesión de las faltas veniales está recomendada vivamente por la Iglesia. 

(Siguiente Pregunta: ¿Qué debo hacer en una confesión?)   

No hay comentarios: