sábado, 16 de diciembre de 2017
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 233
(Respuesta YouCat) Los pecados graves, que se recuerden
tras un examen de conciencia minucioso, y que aún no se hayan confesado, sólo
pueden ser perdonados, en circunstancias normales, en la confesión sacramental
individual.
Reflecciones y
puntos a profundizar (Comentario
CIC) (C.I.C 1457) Según el mandamiento de la Iglesia "todo fiel
llegado a la edad del uso de razón debe confesar al menos una vez la año, fielmente
sus pecados graves" (CIC canon 989; cf. Concilio de Trento: DS 1683;
1708). "Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave que no comulgue
el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental (cf. Concilio
de Trento: DS 1647; 1661) a no ser que concurra un motivo grave y no haya
posibilidad de confesarse; y, en este caso, tenga presente que está obligado a
hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse
cuanto antes" (cf. CIC, canon 916; CCEO canon 711). Los niños deben
acceder al sacramento de la penitencia antes de recibir por primera vez la Sagrada
Comunión (CIC canon 914).
Para meditar
(Comentario YouCat) Es cierto que ante la confesión nos
sentimos cohibidos. Pero superar esto es ya el primer paso para sanar
interiormente. A menudo ayuda pensar en que también el -Papa debe tener valor
para confesar a otro sacerdote y con ello a Dios sus faltas y debilidades. Sólo
en casos de necesidad existencial (como por ejemplo en la guerra, en un
bombardeo o en otra circunstancia en la que un grupo de personas se encuentre
en peligro de muerte) puede un sacerdote conceder la absolución a un grupo de
personas, sin que previamente se haya dado una confesión individual de los
pecados (es la llamada absolución general). En cualquier caso, si se supera
esta circunstancia, hay que confesar individualmente los pecados graves en la
primera ocasión que se tenga.
(Comentario CIC) (C.I.C
1384) El Señor nos dirige una invitación urgente a recibirle
en el sacramento de la Eucaristía: "En verdad en verdad os digo: si no
coméis la carne del Hijo del hombre, y no bebéis su sangre, no tendréis vida en
vosotros" (Jn 6,53). (C.I.C 1385) Para
responder a esta invitación, debemos prepararnos
para este momento tan grande y santo. San Pablo exhorta a un examen de
conciencia: "Quien coma el pan o beba el cáliz del Señor indignamente,
será reo del Cuerpo y de la Sangre del Señor. Examínese, pues, cada cual, y
coma entonces del pan y beba del cáliz. Pues quien come y bebe sin discernir el
Cuerpo, come y bebe su propio castigo" (1Co 11,27-29). Quien tiene
conciencia de estar en pecado grave debe recibir el sacramento de la
Reconciliación antes de acercarse a comulgar.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario