jueves, 14 de diciembre de 2017
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 232
(Respuesta YouCat–repeticion) Pertenecen a toda
confesión el examen de conciencia, la contrición o arrepentimiento, el
propósito de enmienda,la confesión y la penitencia.
Reflecciones y
puntos a profundizar (Comentario
CIC) (C.I.C 1460a) La penitencia que el confesor impone debe tener en cuenta la situación
personal del penitente y buscar su bien espiritual. Debe corresponder todo lo
posible a la gravedad y a la naturaleza de los pecados cometidos. Puede consis
tir en la oración, en ofrendas, en obras de misericordia, servicios al prójimo,
privaciones voluntarias, sacrificios, y sobre todo, la aceptación paciente de
la cruz que debemos llevar. Tales penitencias ayudan a configurarnos con Cristo
que, el Unico que expió nuestros pecados (Rm 3,25; 1 Jn 2,1-2) una vez por
todas. Nos permiten llegar a ser coherederos de Cristo resucitado, "ya que
sufrimos con él" (Rm 8,17; cf. Concilio
de Trento: DS 1690):
Para meditar
(Comentario YouCat) El
examen de conciencia debe ser a fondo, pero nunca puede ser exhaustivo. Sin
verdadero arrepentimiento, basado en una confesión de los Labios, nadie puede
ser absuelto de sus pecados. Igualmente es imprescindible el propósito de no
cometer ese pecado nunca más en el futuro. El pecador debe necesariamente
declarar el pecado ante el confesor, es decir, hacer una confesión del mismo.
Finalmente pertenece a una confesión la reparación o penitencia que impone el
confesor al pecador para reparar el daño cometido.
(Comentario CIC) (C.I.C 1460b)
“Pero nuestra satisfacción, la que realizamos por nuestros pecados, sólo es
posible por medio de Jesucristo: nosotros que, por nosotros mismos, no podemos
nada, con la ayuda ‘del que nos fortalece, lo podemos todo’ (Flp 4,13). Así el
hombre no tiene nada de que pueda gloriarse sino que toda "nuestra
gloria" está en Cristo [...] en quien nosotros satisfacemos "dando
frutos dignos de penitencia" (Lc 3,8) que reciben su fuerza de Él, por Él
son ofrecidos al Padre y gracias a Él son aceptados por el Padre “(Concilio de Trento: DS 1691).
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