miércoles, 20 de diciembre de 2017

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 236



YOUCAT Pregunta n. - 236 – Parte II. ¿Por qué sólo los sacerdotes pueden perdonar pecados?


(Respuesta YouCat–repeticion) Ningún hombre puede perdonar pecados a no ser que tenga un mandato de Dios para ello y la fuerza que él le otorga, para que el perdón que él concede al penitente se verifique realmente. Los encargados de ello son en primer lugar el Obispo y después sus colaboradores, los sacerdotes.    

Reflecciones y puntos a profundizar (Comentario CIC) (C.I.C 1463) Ciertos pecados particularmente graves están sancionados con la excomunión, la pena eclesiástica más severa, que impide la recepción de los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos, y cuya absolución, por consiguiente, sólo puede ser concedida, según el derecho de la Iglesia, al Papa, al obispo del lugar, o a sacerdotes autorizados por ellos (cf. CIC canon 1331; CCEO, canon 1431. 1434). En caso de peligro de muerte, todo sacerdote, aún el que carece de la facultad de oír confesiones, puede absolver de cualquier pecado (cf. CIC canon 1354-1357; CCEO canon 1420), y de toda excomunión (cf. CIC canon 976; para la absolución de los pecados, CCEO canon 725). 

Para meditar  
(C.I.C 1464) Los sacerdotes deben alentar a los fieles a acceder al sacramento de la penitencia y deben mostrarse disponibles a celebrar este sacramento cada vez que los cristianos lo pidan de manera razonable (cf. CIC canon 986; CCEO, can 735; Presbiterorum Ordinis, 13). 

(Continua la Pregunta: ¿Por qué sólo los sacerdotes pueden perdonar pecados?)   

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