viernes, 15 de diciembre de 2017
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 232
(Respuesta YouCat–repeticion) Pertenecen a toda
confesión el examen de conciencia, la contrición o arrepentimiento, el
propósito de enmienda, la confesión y la penitencia.
Reflecciones y
puntos a profundizar (Comentario
CIC) (C.I.C 1491) El sacramento de la
Penitencia está constituido por el conjunto de tres actos realizados por el
penitente, y por la absolución del sacerdote. Los actos del penitente son: el
arrepentimiento, la confesión o manifestación de los pecados al sacerdote y el
propósito de realizar la reparación y las obras de penitencia. (C.I.C 1492) El arrepentimiento (llamado también contrición) debe
estar inspirado en motivaciones que brotan de la fe. Si el arrepentimiento es
concebido por amor de caridad hacia Dios, se le llama "perfecto"; si
está fundado en otros motivos se le llama "imperfecto".
Para meditar
(Comentario YouCat) El examen de conciencia debe ser a
fondo, pero nunca puede ser exhaustivo. Sin verdadero arrepentimiento, basado
en una confesión de los Labios, nadie puede ser absuelto de sus pecados.
Igualmente es imprescindible el propósito de no cometer ese pecado nunca más en
el futuro. El pecador debe necesariamente declarar el pecado ante el confesor,
es decir, hacer una confesión del mismo. Finalmente pertenece a una confesión
la reparación o penitencia que impone el confesor al pecador para reparar el
daño cometido.
(Comentario CIC) (C.I.C 1493)
El que quiere obtener la reconciliación con Dios y con la Iglesia debe confesar
al sacerdote todos los pecados graves que no ha confesado aún y de los que se
acuerda tras examinar cuidadosamente su conciencia. Sin ser necesaria, de suyo,
la confesión de las faltas veniales está recomendada vivamente por la Iglesia. (C.I.C
1494) El confesor impone al penitente el cumplimiento de ciertos actos de
"satisfacción" o de "penitencia", para reparar el daño
causado por el pecado y restablecer los hábitos propios del discípulo de
Cristo.
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