martes, 19 de diciembre de 2017

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 236



YOUCAT Pregunta n. - 236 – Parte I. ¿Por qué sólo los sacerdotes pueden perdonar pecados?


(Respuesta YouCat) Ningún hombre puede perdonar pecados a no ser que tenga un mandato de Dios para ello y la fuerza que él le otorga, para que el perdón que él concede al penitente se verifique realmente. Los encargados de ello son en primer lugar el Obispo y después sus colaboradores, los sacerdotes.

Reflecciones y puntos a profundizar (Comentario CIC)  (C.I.C 1461) Puesto que Cristo confió a sus apóstoles el ministerio de la reconciliación (cf. Jn 20,23; 2Co 5,18), los obispos, sus sucesores, y los presbíteros, colaboradores de los obispos, continúan ejerciendo este ministerio. En efecto, los obispos y los presbíteros, en virtud del sacramento del Orden, tienen el poder de perdonar todos los pecados "en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo". 

Para meditar  
(C.I.C 1462) El perdón de los pecados reconcilia con Dios y también con la Iglesia. El obispo, cabeza visible de la Iglesia particular, es considerado, por tanto, con justo título, desde los tiempos antiguos como el que tiene principalmente el poder y el ministerio de la reconciliación: es el moderador de la disciplina penitencial (Lumen gentium, 26). Los presbíteros, sus colaboradores, lo ejercen en la medida en que han recibido la tarea de administrarlo sea de su obispo (o de un superior religioso) sea del Papa, a través del derecho de la Iglesia (cf.  CIC cánones 844; 967-969, 972; CCEO canon 722, 3-4).  

(Continua la Pregunta: ¿Por qué sólo los sacerdotes pueden perdonar pecados?)

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