viernes, 26 de junio de 2015
463. ¿Cómo se ejerce la autoridad en los distintos ámbitos de la sociedad civil?
(Compendio 463) En los
distintos ámbitos de la sociedad civil, la autoridad se ejerce siempre como un
servicio, respetando los derechos fundamentales del hombre, una justa jerarquía
de valores, las leyes, la justicia distributiva y el principio de
subsidiaridad. Cada cual, en el ejercicio de la autoridad, debe buscar el
interés de la comunidad antes que el propio, y debe inspirar sus decisiones en
la verdad sobre Dios, sobre el hombre y sobre el mundo.
Resumen
(C.I.C 2254) La autoridad pública está obligada a respetar
los derechos fundamentales de la persona humana y las condiciones del ejercicio
de su libertad.
Profundizar y modos de explicaciones
(C.I.C 2234) El cuarto mandamiento de Dios nos ordena
también honrar a todos los que, para nuestro bien, han recibido de Dios una
autoridad en la sociedad. Este mandamiento determina tanto los deberes de
quienes ejercen la autoridad como los de quienes están sometidos a ella. (C.I.C
2235) Los que ejercen una autoridad deben ejercerla como un servicio. ‘El que
quiera llegar a ser grande entre vosotros, será vuestro esclavo’ (Mt 20, 26).
El ejercicio de una autoridad está moralmente regulado por su origen divino, su
naturaleza racional y su objeto específico. Nadie puede ordenar o establecer lo
que es contrario a la dignidad de las personas y a la ley natural.
Para la reflexión
(C.I.C 2236) El ejercicio de la autoridad ha de manifestar
una justa jerarquía de valores con el fin de facilitar el ejercicio de la
libertad y de la responsabilidad de todos. Los superiores deben ejercer la
justicia distributiva con sabiduría, teniendo en cuenta las necesidades y la
contribución de cada uno y atendiendo a la concordia y la paz. Deben velar
porque las normas y disposiciones que establezcan no induzcan a tentación
oponiendo el interés personal al de la comunidad (Cf. Centesimus annus, 25). (C.I.C 2237)
El poder político está obligado a
respetar los derechos fundamentales de la persona humana. Y a administrar
humanamente justicia en el respeto al derecho de cada uno, especialmente el de
las familias y de los desheredados. Los derechos políticos inherentes a la
ciudadanía pueden y deben ser concedidos según las exigencias del bien común.
No pueden ser suspendidos por la autoridad sin motivo legítimo y proporcionado.
El ejercicio de los derechos políticos está destinado al bien común de la
nación y de toda la comunidad humana.
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