martes, 9 de junio de 2015
453. ¿Cómo se santifica el domingo? (Tercera parte - continuación)
(Compendio 453 - repetición) Los
cristianos santifican el domingo y las demás fiestas de precepto participando
en la Eucaristía del Señor y absteniéndose de las actividades que les impidan
rendir culto a Dios, o perturben la alegría propia del día del Señor o el
descanso necesario del alma y del cuerpo. Se permiten las actividades
relacionadas con las necesidades familiares o los servicios de gran utilidad
social, siempre que no introduzcan hábitos perjudiciales a la santificación del
domingo, a la vida de familia y a la salud.
Resumen
(C.I.C 2193) ‘El domingo y las demás fiestas de precepto [...]
los fieles se abstendrán de aquellos trabajos y actividades que impidan dar
culto a Dios, gozar de la alegría propia del día del Señor o disfrutar del
debido descanso de la mente y del cuerpo‘ (CIC canon 1247).
Profundizar y modos de explicaciones
(C.I.C 2183) ‘Cuando falta el ministro sagrado u otra causa
grave hace imposible la participación en la celebración eucarística, se
recomienda vivamente que los fieles participen en la liturgia de la palabra, si
ésta se celebra en la iglesia parroquial o en otro lugar sagrado conforme a lo
prescrito por el obispo diocesano, o permanezcan en oración durante un tiempo
conveniente, solos o en familia, o, si es oportuno, en grupos de familias’ (CIC
canon 1248, 2). (C.I.C 2184) Así como Dios ‘cesó el día séptimo de toda la
tarea que había hecho’ (Gn 2, 2), así también la vida humana sigue un ritmo de
trabajo y descanso. La institución del día del Señor contribuye a que todos
disfruten del tiempo de descanso y de solaz suficiente que les permita cultivar
su vida familiar, cultural, social y religiosa (Cf. Gaudium et spes, 67).
Para la reflexión
(C.I.C 2185) Durante el domingo y las otras fiestas de
precepto, los fieles se abstendrán de entregarse a trabajos o actividades que
impidan el culto debido a Dios, la alegría propia del día del Señor, la
práctica de las obras de misericordia, el descanso necesario del espíritu y del
cuerpo (cf. CIC canon 1247). Las necesidades familiares o una gran utilidad
social constituyen excusas legítimas respecto al precepto del descanso
dominical. Los fieles deben cuidar de que legítimas excusas no introduzcan
hábitos perjudiciales a la religión, a la vida de familia y a la salud. “El
amor de la verdad busca el santo ocio, la necesidad del amor cultiva el justo
trabajo” (San Agustín, De civitate Dei,
19, 19: PL 41, 647). [Fin]
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