miércoles, 17 de junio de 2015

458. ¿Qué deberes tiene la sociedad en relación con la familia? (Segunda parte - continuación)



458. ¿Qué deberes tiene la sociedad en relación con la familia? (Segunda parte - continuación)  


(Compendio 458 - repetición) La sociedad tiene el deber de sostener y consolidar el matrimonio y la familia, siempre en el respeto del principio de subsidiaridad. Los poderes públicos deben respetar, proteger y favorecer la verdadera naturaleza del matrimonio y de la familia, la moral pública, los derechos de los padres, y el bienestar doméstico.

Resumen

(C.I.C 2250) ‘La salvación de la persona y de la sociedad humana y cristiana está estrechamente ligada a la prosperidad de la comunidad conyugal y familiar’ (Gaudium et spes, 47).   

Profundizar y modos de explicaciones

(C.I.C 2210) La importancia de la familia para la vida y el bienestar de la sociedad (Cf.  Gaudium et spes, 47) entraña una responsabilidad particular de ésta en el apoyo y fortalecimiento del matrimonio y de la familia. La autoridad civil ha de considerar como deber grave ‘el reconocimiento de la auténtica naturaleza del matrimonio y de la familia, protegerla y fomentarla, asegurar la moralidad pública y favorecer la prosperidad doméstica’ (Gaudium et spes, 52).    

Para la reflexión

(C.I.C 2212) El cuarto mandamiento ilumina las demás relaciones en la sociedad. En nuestros hermanos y hermanas vemos a los hijos de nuestros padres; en nuestros primos, los descendientes de nuestros antepasados; en nuestros conciudadanos, los hijos de nuestra patria; en los bautizados, los hijos de nuestra madre, la Iglesia; en toda persona humana, un hijo o una hija del que quiere ser llamado ‘Padre nuestro’. Así, nuestras relaciones con el prójimo se deben reconocer como pertenecientes al orden personal. El prójimo no es un ‘individuo’ de la colectividad humana; es ‘alguien’ que por sus orígenes, siempre ‘próximos’ por una u otra razón, merece una atención y un respeto singulares. (C.I.C 2213) Las comunidades humanas están compuestas de personas. Gobernarlas bien no puede limitarse simplemente a garantizar los derechos y el cumplimiento de deberes, como tampoco a la sola fidelidad a los compromisos. Las justas relaciones entre patronos y empleados, gobernantes y ciudadanos, suponen la benevolencia natural conforme a la dignidad de personas humanas deseosas de justicia y fraternidad. [Fin]    

(Siguiente pregunta: ¿Cuáles son los deberes de los hijos hacia sus padres?)

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