lunes, 30 de marzo de 2015

411. ¿Cómo asegura la sociedad la justicia social? (Primera parte)



411. ¿Cómo asegura la sociedad la justicia social? (Primera parte)    


(Compendio 411) La sociedad asegura la justicia social cuando respeta la dignidad y los derechos de la persona, finalidad propia de la misma sociedad. Ésta, además, procura alcanzar la justicia social, vinculada al bien común y al ejercicio de la autoridad, cuando garantiza las condiciones que permiten a las asociaciones y a los individuos conseguir aquello que les corresponde por derecho.

Resumen

(C.I.C 1943) La sociedad asegura la justicia social procurando las condiciones que permitan a las asociaciones y a los individuos obtener lo que les es debido.

Profundizar y modos de explicaciones

(C.I.C 1928) La sociedad asegura la justicia social cuando realiza las condiciones que permiten a las asociaciones y a cada uno conseguir lo que les es debido según su naturaleza y su vocación. La justicia social está ligada al bien común y al ejercicio de la autoridad. (C.I.C 1929) La justicia social sólo puede ser conseguida sobre la base del respeto de la dignidad trascendente del hombre. La persona representa el fin último de la sociedad, que está ordenada al hombre: “La defensa y la promoción de la dignidad humana ‘nos han sido confiadas por el Creador, y […] de ellas que son rigurosa y responsablemente deudores los hombres y mujeres en cada coyuntura de la historia’ (Sollicitudo rei socialis, 47).

Para la reflexión

(C.I.C 1930) El respeto de la persona humana implica el de los derechos que se derivan de su dignidad de criatura. Estos derechos son anteriores a la sociedad y se imponen a ella. Fundan la legitimidad moral de toda autoridad: menospreciándolos o negándose a reconocerlos en su legislación positiva, una sociedad mina su propia legitimidad moral (cf. Pacem in terris, 61). Sin este respeto, una autoridad sólo puede apoyarse en la fuerza o en la violencia para obtener la obediencia de sus súbditos. Corresponde a la Iglesia recordar estos derechos a los hombres de buena voluntad y distinguirlos de reivindicaciones abusivas o falsas(Continua)

(Continua la pregunta: ¿Cómo asegura la sociedad la justicia social?)

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