martes, 24 de marzo de 2015
405. ¿En qué se funda la autoridad de la sociedad? (Segunda parte - continuación)
(Compendio 405 - repetición) Toda
sociedad humana tiene necesidad de una autoridad legítima, que asegure el orden
y contribuya a la realización del bien común. Esta autoridad tiene su propio
fundamento en la naturaleza humana, porque corresponde al orden establecido por
Dios.
Resumen
(C.I.C 1920) “Es notorio que […] la
comunidad política y la autoridad pública se fundan en la naturaleza humana y
por ello pertenecen al orden querido por Dios” (Gaudium et spes, 74).
Profundizar y modos de explicaciones
(C.I.C 1898) “Toda comunidad humana necesita una autoridad que la
rija (Cf. León XIII, Diuturnum illud;
Inmortale Dei). Esta tiene su
fundamento en la naturaleza humana. Es necesaria para la unidad de la sociedad.
Su misión consiste en asegurar en cuanto sea posible el bien común de la
sociedad. (C.I.C 1901) Si bien la autoridad
responde a un orden fijado por Dios, ‘la determinación del régimen y la
designación de los gobernantes han de dejarse a la libre voluntad de los
ciudadanos’ (Gaudium et spes, 74). La
diversidad de los regímenes políticos es moralmente admisible con tal que
promuevan el bien legítimo de la comunidad que los adopta. Los regímenes cuya
naturaleza es contraria a la ley natural, al orden público y a los derechos
fundamentales de las personas, no pueden realizar el bien común de las naciones
en las que se han impuesto.
Para la reflexión
(C.I.C 1902) La autoridad no saca
de sí misma su legitimidad moral. No debe comportarse de manera despótica, sino
actuar para el bien común como una ‘fuerza moral, que se basa en la libertad y
en la conciencia de la tarea y obligaciones que ha recibido’ (Gaudium et spes, 74). “La legislación
humana sólo posee carácter de ley cuando se conforma a la justa razón; lo cual
significa que su obligatoriedad procede de la ley eterna. En la medida en que
ella se apartase de la razón, sería preciso declararla injusta, pues no verificaría
la noción de ley; sería más bien una forma de violencia (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 1-2, 93, 3 ad 2). [Fin]
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario