jueves, 19 de marzo de 2015
402. ¿Qué relación existe entre persona y sociedad?
(Compendio 402) La persona es y debe ser principio,
sujeto y fin de todas las instituciones sociales. Algunas sociedades, como la
familia y la comunidad civil, son necesarias para la persona. También son
útiles otras asociaciones, tanto dentro de las comunidades políticas como a
nivel internacional, en el respeto del principio de subsidiaridad.
Resumen
(C.I.C 1892) “El principio, el sujeto y el fin de todas las
instituciones sociales es y debe ser la persona humana” (Gaudium et spes, 25). (C.I.C 1893)
Es preciso promover una amplia participación en asociaciones e instituciones de
libre iniciativa.
Profundizar y modos de explicaciones
(C.I.C 1881)
Cada comunidad se define por su fin y obedece en consecuencia a reglas
específicas, pero ‘el principio, el sujeto y el fin de todas las instituciones
sociales es y debe ser la persona humana’ (Gaudium
et spes, 25). (C.I.C 1882) Algunas
sociedades, como la familia y la ciudad, corresponden más inmediatamente a la
naturaleza del hombre. Le son necesarias. Con el fin de favorecer la
participación del mayor número de personas en la vida social, es preciso
impulsar, alentar la creación de asociaciones e instituciones de libre
iniciativa ‘para fines económicos, sociales, culturales, recreativos,
deportivos, profesionales y políticos, tanto dentro de cada una de las naciones
como en el plano mundial’ (Mater et
magistra, 60). Esta ‘socialización’
expresa igualmente la tendencia natural que impulsa a los seres humanos a
asociarse con el fin de alcanzar objetivos que exceden las capacidades
individuales. Desarrolla las cualidades de la persona, en particular, su
sentido de iniciativa y de responsabilidad. Ayuda a garantizar sus derechos (cf.
Gaudium et spes, 25; Centesimus annus, 16).
Para la reflexión
(C.I.C 1913)
La participación es el compromiso voluntario y generoso de la persona en los
intercambios sociales. Es necesario que todos participen, cada uno según el
lugar que ocupa y el papel que desempeña, en promover el bien común. Este deber
es inherente a la dignidad de la persona humana. (C.I.C 1929) La justicia social sólo puede ser conseguida sobre la
base del respeto de la dignidad trascendente del hombre. La persona representa
el fin último de la sociedad, que está ordenada al hombre: “La defensa y la
promoción de la dignidad humana ‘nos han sido confiadas por el Creador, y […] de
ellas que son rigurosa y responsablemente deudores los hombres y mujeres en
cada coyuntura de la historia’ (Sollicitudo
rei socialis, 47).
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