lunes, 10 de marzo de 2008

Mt 5, 33-35 No jurarás falsamente

(Mt 5, 33-35) No jurarás falsamente
[33] Ustedes han oído también que se dijo a los antepasados: No jurarás falsamente y cumplirás los juramentos hechos al Señor. [34] Pero yo les digo que no juren de ningún modo: ni por el cielo, porque es el trono de Dios; [35] ni por la tierra, porque es el estrado de sus pies; ni por Jerusalén, porque es la Ciudad del gran Rey.
(C.I.C 2150) El segundo mandamiento prohíbe el juramento en falso. Hacer juramento o jurar es tomar a Dios por testigo de lo que se afirma. Es invocar la veracidad divina como garantía de la propia veracidad. El juramento compromete el nombre del Señor. ‘Al Señor tu Dios temerás, a él le servirás, por su nombre jurarás’ (Dt 6, 13). (C.I.C 2153) Jesús expuso el segundo mandamiento en el Sermón de la Montaña: ‘Habéis oído que se dijo a los antepasados: «no perjurarás, sino que cumplirás al Señor tus juramentos». Pues yo os digo que no juréis en modo alguno... sea vuestro lenguaje: «sí, sí»; «no, no»: que lo que pasa de aquí viene del Maligno’ (Mt 5, 33-34.37; cf. St 5, 12). Jesús enseña que todo juramento implica una referencia a Dios y que la presencia de Dios y de su verdad debe ser honrada en toda palabra. La discreción del recurso a Dios al hablar va unida a la atención respetuosa a su presencia, reconocida o menospreciada en cada una de nuestras afirmaciones. (C.I.C 2155) La santidad del nombre divino exige no recurrir a él por motivos fútiles, y no prestar juramento en circunstancias que pudieran hacerlo interpretar como una aprobación de una autoridad que lo exigiese injustamente. Cuando el juramento es exigido por autoridades civiles ilegítimas, puede ser rehusado. Debe serlo, cuando es impuesto con fines contrarios a la dignidad de las personas o a la comunión de la Iglesia.

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