lunes, 17 de septiembre de 2018
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 355.
(Respuesta YouCat – repeticion) Este
mandamiento nos prohibe:• venerar a otros dioses o ídolos o adorar a un ídolo
terreno o consagrarse enteramente a un bien terreno (dinero, influencia, éxito,
belleza, juventud, etc.) • ser supersticiosos, es decir, en lugar de creer en
el poder, la guía y la Bendición de Dios, depender de prácticas esotéricas,
mágicas u ocultas o dedicarse a la adivinación o al espiritismo • tentar a Dios
con palabras o con obras • cometer un sacrilegio • adquirir poder espiritual
mediante corrupción y profanar lo santo a través del comercio (simonía).
Reflecciones y puntos a profundizar (Comentario CIC)
(C.I.C 2127) El agnosticismo reviste varias
formas. En ciertos casos, el agnóstico se resiste a negar a Dios; al contrario,
postula la existencia de un ser trascendente que no podría revelarse y del que
nadie podría decir nada. En otros casos, el agnóstico no se pronuncia sobre la
existencia de Dios, manifestando que es imposible probarla e incluso afirmarla
o negarla.
Para meditar
(Comentario CIC) (C.I.C 2128) El agnosticismo puede contener a
veces una cierta búsqueda de Dios, pero puede igualmente representar un
indiferentismo, una huida ante la cuestión última de la existencia, y una
pereza de la conciencia moral. El agnosticismo equivale con mucha frecuencia a
un ateísmo práctico. (C.I.C 2138) La superstición es una desviación del culto
que debemos al verdadero Dios, la cual conduce a la idolatría y a distintas
formas de adivinación y de magia.” (C.I.C 2139) La acción de tentar a Dios de
palabra o de obra, el sacrilegio y la simonía son pecados de irreligión,
prohibidos por el primer mandamiento. (C.I.C 2140) El ateísmo, en cuanto niega
o rechaza la existencia de Dios, es un pecado contra el primer
mandamiento.
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