viernes, 14 de septiembre de 2018
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 355.
(Respuesta YouCat – repeticion) Este
mandamiento nos prohibe:• venerar a otros dioses o ídolos o adorar a un ídolo
terreno o consagrarse enteramente a un bien terreno (dinero, influencia, éxito,
belleza, juventud, etc.) • ser supersticiosos, es decir, en lugar de creer en
el poder, la guía y la Bendición de Dios, depender de prácticas esotéricas,
mágicas u ocultas o dedicarse a la adivinación o al espiritismo • tentar a Dios
con palabras o con obras • cometer un sacrilegio • adquirir poder espiritual
mediante corrupción y profanar lo santo a través del comercio (simonía).
Reflecciones y puntos a profundizar (Comentario CIC)
(C.I.C 2121) La simonía (Cf. Hch 8, 9-24) se define como
la compra o venta de cosas espirituales. A Simón el mago, que quiso comprar el
poder espiritual del que vio dotado a los Apóstoles, Pedro le responde: ‘Vaya
tu dinero a la perdición y tú con él, pues has pensado que el don de Dios se
compra con dinero’ (Hch 8, 20). Así se ajustaba a las palabras de Jesús:
‘Gratis lo recibisteis, dadlo gratis’ (Mt 10, 8; cf. Is 55, 1). Es imposible
apropiarse de los bienes espirituales y de comportarse respecto a ellos como un
poseedor o un dueño, pues tienen su fuente en Dios. Sólo es posible recibirlos
gratuitamente de Él.
Para meditar
(Comentario CIC) (C.I.C 2122) ‘Fuera de las ofrendas determinadas
por la autoridad competente, el ministro no debe pedir nada por la
administración de los sacramentos, y ha de procurar siempre que los necesitados
no queden privados de la ayuda de los sacramentos por razón de su pobreza’ (CIC
canon 848). La autoridad competente puede fijar estas ‘ofrendas’ atendiendo al
principio de que el pueblo cristiano debe contribuir al sostenimiento de los
ministros de la Iglesia. ‘El obrero merece su sustento’ (Mt 10, 10; cf. Lc 10,
7; 1Co 9, 5-18; 1Tm 5, 17-18).
(Continua la Pregunta: ¿Qué significa «no habrá para ti otros dioses delante
de mí»?)
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