[1] Después, levantando los ojos, Jesús vio a unos ricos que ponían sus ofrendas en el tesoro del Templo. [2] Vio también a una viuda de condición muy humilde, que ponía dos pequeñas monedas de cobre, [3] y dijo: «Les aseguro que esta pobre viuda ha dado más que nadie. [4] Porque todos los demás dieron como ofrenda algo de lo que les sobraba, pero ella, de su indigencia, dio todo lo que tenía para vivir».
sábado, 4 de octubre de 2008
Lc 21, 1-4 Esta pobre viuda ha dado más que nadie
Lucas 21
(Lc 21, 1-4) Esta pobre viuda ha dado más que nadie[1] Después, levantando los ojos, Jesús vio a unos ricos que ponían sus ofrendas en el tesoro del Templo. [2] Vio también a una viuda de condición muy humilde, que ponía dos pequeñas monedas de cobre, [3] y dijo: «Les aseguro que esta pobre viuda ha dado más que nadie. [4] Porque todos los demás dieron como ofrenda algo de lo que les sobraba, pero ella, de su indigencia, dio todo lo que tenía para vivir».
(C.I.C 2544) Jesús exhorta a sus discípulos a preferirle a Él respecto a todo y a todos y les propone ‘renunciar a todos sus bienes’ (cf. Lc 14, 33) por Él y por el Evangelio (cf. Mc 8, 35). Poco antes de su pasión les mostró como ejemplo la pobre viuda de Jerusalén que, de su indigencia, dio todo lo que tenía para vivir (cf. Lc 21, 4). El precepto del desprendimiento de las riquezas es obligatorio para entrar en el Reino de los cielos. (C.I.C 2208) La familia debe vivir de manera que sus miembros aprendan el cuidado y la responsabilidad respecto de los pequeños y mayores, de los enfermos o disminuidos, y de los pobres. Numerosas son las familias que en ciertos momentos no se hallan en condiciones de prestar esta ayuda. Corresponde entonces a otras personas, a otras familias, y subsidiariamente a la sociedad, proveer a sus necesidades. ‘La religión pura e intachable ante Dios Padre es ésta: visitar a los huérfanos y a las viudas en su tribulación y conservarse incontaminado del mundo’ (St 1, 27). (C.I.C 2209) La familia debe ser ayudada y defendida mediante medidas sociales apropiadas. Cuando las familias no son capaces de realizar sus funciones, los otros cuerpos sociales tienen el deber de ayudarlas y de sostener la institución familiar. En conformidad con el principio de subsidiariedad, las comunidades más vastas deben abstenerse de privar a las familias de sus propios derechos y de inmiscuirse en sus vidas. (C.I.C 2210) La importancia de la familia para la vida y el bienestar de la sociedad (cf. Gaudium et spes, 47) entraña una responsabilidad particular de ésta en el apoyo y fortalecimiento del matrimonio y de la familia. La autoridad civil ha de considerar como deber grave ‘el reconocimiento de la auténtica naturaleza del matrimonio y de la familia, protegerla y fomentarla, asegurar la moralidad pública y favorecer la prosperidad doméstica’ (Gaudium et spes, 52).
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