jueves, 3 de septiembre de 2015

515. ¿Cuál es la responsabilidad del Estado con respecto al trabajo?


515. ¿Cuál es la responsabilidad del Estado con respecto al trabajo?   

(Compendio 515) Compete al Estado procurar la seguridad sobre las garantías de las libertades individuales y de la propiedad, además de un sistema monetario estable y de unos servicios públicos eficientes; y vigilar y encauzar el ejercicio de los derechos humanos en el sector económico. Teniendo en cuenta las circunstancias, la sociedad debe ayudar a los ciudadanos a encontrar trabajo.

Resumen

(C.I.C 2254) La autoridad pública está obligada a respetar los derechos fundamentales de la persona humana y las condiciones del ejercicio de su libertad.    

Profundizar y modos de explicaciones

(C.I.C 2431) La responsabilidad del Estado. ‘La actividad […] económica, en particular la economía de mercado, no puede desenvolverse en medio de un vacío institucional, jurídico y político. Por el contrario supone una seguridad que garantiza la libertad individual y la propiedad, además de un sistema monetario estable y servicios públicos eficientes. La primera incumbencia del Estado es, pues, la de garantizar esa seguridad, de manera que quien trabaja y produce pueda gozar de los frutos de su trabajo y, por tanto, se sienta estimulado a realizarlo eficiente y honestamente [....]. Otra incumbencia del Estado es la de vigilar y encauzar el ejercicio de los derechos humanos en el sector económico; pero en este campo la primera responsabilidad no es del Estado, sino de cada persona y de los diversos grupos y asociaciones en que se articula la sociedad’ (Centesimus Annus, 48).    

Para la reflexión

(C.I.C 1908) En segundo lugar, el bien común exige el bienestar social y el desarrollo del grupo mismo. El desarrollo es el resumen de todos los deberes sociales. Ciertamente corresponde a la autoridad decidir, en nombre del bien común, entre los diversos intereses particulares; pero debe facilitar a cada uno lo que necesita para llevar una vida verdaderamente humana: alimento, vestido, salud, trabajo, educación y cultura, información adecuada, derecho de fundar una familia, etc. (Cf. Gaudium et spes, 26). (C.I.C 1883) La socialización presenta también peligros. Una intervención demasiado fuerte del Estado puede amenazar la libertad y la iniciativa personales. La doctrina de la Iglesia ha elaborado el principio llamado de subsidiariedad. Según éste, ‘una estructura social de orden superior no debe interferir en la vida interna de un grupo social de orden inferior, privándole de sus competencias, sino que más bien debe sostenerle en caso de necesidad y ayudarle a coordinar su acción con la de los demás componentes sociales, con miras al bien común’ (Centesimus annus, 48; cf. Quadragesimo anno).    

(Siguiente pregunta: ¿Qué compete a los dirigentes de empresa?)

No hay comentarios: