miércoles, 6 de febrero de 2019

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 433.


YOUCAT Pregunta n. 433 ¿Cómo se debe tratar la propiedad común?


(Respuesta YouCat) El vandalismo y los daños deliberados en equipamientos públicos y en bienes comunes son formas de robo y deben ser reparados.

Reflecciones y puntos a profundizar    

(Comentario CIC) 2409 Toda forma de tomar o retener injustamente el bien ajeno, aunque no contradiga las disposiciones de la ley civil, es contraria al séptimo mandamiento. Así, retener deliberadamente bienes prestados u objetos perdidos, defraudar en el ejercicio del comercio (cf Dt 25, 13-16), pagar salarios injustos (cf Dt 24,14-15; St 5,4), elevar los precios especulando con la ignorancia o la necesidad ajenas (cf Am 8, 4-6). Son también moralmente ilícitos, la especulación mediante la cual se pretende hacer variar artificialmente la valoración de los bienes con el fin de obtener un beneficio en detrimento ajeno; la corrupción mediante la cual se vicia el juicio de los que deben tomar decisiones conforme a derecho; la apropiación y el uso privados de los bienes sociales de una empresa; los trabajos mal hechos, el fraude fiscal, la falsificación de cheques y facturas, los gastos excesivos, el despilfarro. Infligir voluntariamente un daño a las propiedades privadas o públicas es contrario a la ley moral y exige reparación.   

Para meditar   

(Comentario CIC) (CIC 1867) La tradición catequética recuerda también que existen “pecados que claman al cielo”. Claman al cielo: la sangre de Abel (cf Gn 4, 10); el pecado de los sodomitas (cf Gn 18, 20; 19, 13); el clamor del pueblo oprimido en Egipto (cf Ex 3, 7-10); el lamento del extranjero, de la viuda y el huérfano (cf Ex 22, 20-22); la injusticia para con el asalariado (cf Dt 24, 14-15; Jc 5, 4).

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