(Ef 4, 28b) Ayudar al que está necesitado
[28b] para poder ayudar al que está necesitado.
(C.I.C 2412) En virtud de la justicia conmutativa, la reparación de la injusticia cometida exige la restitución del bien robado a su propietario: Jesús bendijo a Zaqueo por su resolución: ‘Si en algo defraudé a alguien, le devolveré el cuádruplo’ (Lc 19, 8). Los que, de manera directa o indirecta, se han apoderado de un bien ajeno, están obligados a restituirlo o a devolver el equivalente en naturaleza o en especie si la cosa ha desaparecido, así como los frutos y beneficios que su propietario hubiera obtenido legítimamente de ese bien. Están igualmente obligados a restituir, en proporción a su responsabilidad y al beneficio obtenido, todos los que han participado de alguna manera en el robo, o que se han aprovechado de él a sabiendas; por ejemplo, quienes lo hayan ordenado o ayudado o encubierto. (C.I.C 2444) ‘El amor de la Iglesia por los pobres [...] pertenece a su constante tradición’ (Centesimus annus, 57). Está inspirado en el Evangelio de las bienaventuranzas (cf. Lc 6, 20-22), en la pobreza de Jesús (cf. Mt 8, 20), y en su atención a los pobres (cf. Mc 12, 41-44). El amor a los pobres es también uno de los motivos del deber de trabajar, con el fin de hacer partícipe al que se halle en necesidad (Ef 4, 28). No abarca sólo la pobreza material, sino también las numerosas formas de pobreza cultural y religiosa (cf. Centesimus annus, 57).
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