jueves, 18 de mayo de 2017
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 142.
(Respuesta YouCat) Los obispos no pueden
actuar ni enseñar contra el Papa, sino únicamente junto con él. El Papa, por el
contrario, puede, en casos claramente determinados, tomar decisiones sin el
acuerdo de los obispos.
Reflecciones
y puntos a profundizar (Comentario CIC) (C.I.C
883) "El colegio o cuerpo episcopal
no tiene ninguna autoridad si no se le considera junto con el Romano Pontífice
[…] como Cabeza del mismo". Como tal, este colegio es "también sujeto
de la potestad suprema y plena sobre toda la Iglesia" que "no se
puede ejercer a no ser con el consentimiento del Romano Pontífice" (Lumen gentium, 22; cf. CIC canon 336). (C.I.C 884) La
potestad del Colegio de los Obispos sobre toda la Iglesia se ejerce de modo
solemne en el Concilio Ecuménico "(CIC can 337, § 1). "No existe
concilio ecuménico si el sucesor de Pedro no lo ha aprobado o al menos aceptado
como tal" (Lumen gentium, 22).
Para
meditar
(Comentario
YouCat) No obstante, el Papa en sus decisiones
está sujeto a la fe de la Iglesia. Existe algo así como el sentido general de
La fe de la Iglesia; una convicción fundamental en asuntos de fe, presente en
toda la Iglesia y obra del Espíritu Santo, por así decir, el sentido común de
la Iglesia, es decir lo que «ha sido creído siempre, en todas partes y por
todos» (san Vicente de Lérins).
(Comentario CIC) (C.I.C 885) "Este colegio,
en cuanto compuesto de muchos, expresa la diversidad y la unidad del Pueblo de
Dios; en cuanto reunido bajo una única cabeza, expresa la unidad del rebaño de
Dios " (Lumen gentium, 22).
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario