lunes, 25 de junio de 2012

Gn 30,1 Dame hijos, porque si no, me muero


GÉNESIS  30

(Gn 30,1) Dame hijos, porque si no, me muero   

1 Al ver que no podía dar hijos a Jacob, Raquel tuvo envidia de su hermana, y dijo a su marido: «Dame hijos, porque si no, me muero».
(C.I.C 2373 La Sagrada Escritura y la práctica tradicional de la Iglesia ven en las familias numerosas como un signo de la bendición divina y de la generosidad de los padres (cf. Gaudium et spes, 50).  (C.I.C 2374) Grande es el sufrimiento de los esposos que se descubren estériles. Abraham pregunta a Dios: ‘¿Qué me vas a dar, si me voy sin hijos...?’ (Gn 15, 2). Y Raquel dice a su marido Jacob: ‘Dame hijos, o si no me muero’ (Gn 30, 1). (C.I.C 2378) El hijo no es un derecho sino un don. El ‘don […] más excelente […] del matrimonio’ es una persona humana. El hijo no puede ser considerado como un objeto de propiedad, a lo que conduciría el reconocimiento de un pretendido ‘derecho al hijo’. A este respecto, sólo el hijo posee verdaderos derechos: el de ‘ser el fruto del acto específico del amor conyugal de sus padres, y tiene también el derecho a ser respetado como persona desde el momento de su concepción’ (Donum vitae, 2, 8). (C.I.C 2379) El Evangelio enseña que la esterilidad física no es un mal absoluto. Los esposos que, tras haber agotado los recursos legítimos de la medicina, sufren por la esterilidad, deben asociarse a la Cruz del Señor, fuente de toda fecundidad espiritual. Pueden manifestar su generosidad adoptando niños abandonados o realizando servicios abnegados en beneficio del prójimo.   

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