lunes, 25 de junio de 2012
Gn 30,1 Dame hijos, porque si no, me muero
1 Al ver que no podía dar hijos a Jacob, Raquel tuvo
envidia de su hermana, y dijo a su marido: «Dame hijos, porque si no, me
muero».
(C.I.C 2373 La Sagrada Escritura y la práctica tradicional
de la Iglesia ven en las familias
numerosas como un signo de la bendición divina y de la generosidad de los
padres (cf. Gaudium et spes, 50). (C.I.C 2374) Grande es el sufrimiento de los
esposos que se descubren estériles. Abraham pregunta a Dios: ‘¿Qué me vas a
dar, si me voy sin hijos...?’ (Gn 15, 2). Y Raquel dice a su marido Jacob:
‘Dame hijos, o si no me muero’ (Gn 30, 1). (C.I.C 2378) El hijo no es un derecho sino un don. El ‘don […] más excelente […] del matrimonio’ es una persona
humana. El hijo no puede ser considerado como un objeto de propiedad, a lo que
conduciría el reconocimiento de un pretendido ‘derecho al hijo’. A este
respecto, sólo el hijo posee verdaderos derechos: el de ‘ser el fruto del acto
específico del amor conyugal de sus padres, y tiene también el derecho a ser
respetado como persona desde el momento de su concepción’ (Donum vitae, 2, 8). (C.I.C 2379) El Evangelio enseña que la
esterilidad física no es un mal absoluto. Los esposos que, tras haber agotado
los recursos legítimos de la medicina, sufren por la esterilidad, deben
asociarse a la Cruz del Señor, fuente de toda fecundidad espiritual. Pueden
manifestar su generosidad adoptando niños abandonados o realizando servicios
abnegados en beneficio del prójimo.
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