sábado, 6 de noviembre de 2010

1Tm 6, 17-19 Los ricos sepan compartir sus riquezas

(1Tm 6, 17-19) Los ricos sepan compartir sus riquezas

[17] A los ricos de este mundo, recomiéndales que no sean orgullosos. Que no pongan su confianza en la inseguridad de las riquezas, sino en Dios, que nos provee de todas las cosas en abundancia a fin de que las disfrutemos. [18] Que practiquen el bien, que sean ricos en buenas obras, que den con generosidad y sepan compartir sus riquezas. [19] Así adquirirán para el futuro un tesoro que les permitirá alcanzar la verdadera Vida.

(C.I.C 2552) El décimo mandamiento prohíbe el deseo desordenado, nacido de la pasión inmoderada de las riquezas y del poder. (C.I.C 2544) Jesús exhorta a sus discípulos a preferirle a Él respecto a todo y a todos y les propone ‘renunciar a todos sus bienes’ (cf. Lc 14, 33) por Él y por el Evangelio (cf. Mc 8, 35). Poco antes de su pasión les mostró como ejemplo la pobre viuda de Jerusalén que, de su indigencia, dio todo lo que tenía para vivir (cf. Lc 21, 4). El precepto del desprendimiento de las riquezas es obligatorio para entrar en el Reino de los cielos. (C.I.C 2547) El Señor se lamenta de los ricos porque encuentran su consuelo en la abundancia de bienes (cf. Lc 6, 24). ‘El orgulloso busca el poder terreno, mientras el pobre en espíritu busca el Reino de los cielos’ (San Agustín, De sermone Domini in monte, 1, 1, 3: PL 34, 1232). El abandono en la providencia del Padre del cielo libera de la inquietud por el mañana (cf. Mt 6, 25-34). La confianza en Dios dispone a la bienaventuranza de los pobres: ellos verán a Dios. (C.I.C 2446) San Juan Crisóstomo lo recuerda vigorosamente: ‘No hacer participar a los pobres de los propios bienes es robarles y quitarles la vida; […] lo que poseemos no son bienes nuestros, sino los suyos’(San Juan Crisóstomo, In Lazarum, concio 2, 6: PG 48, 992). Es preciso ‘satisfacer ante todo las exigencias de la justicia, de modo que no se ofrezca como ayuda de caridad lo que ya se debe a título de justicia’ (Apostolicam actuositatem, 8): “Cuando damos a los pobres las cosas indispensables no les hacemos liberalidades personales, sino que les devolvemos lo que es suyo. Más que realizar un acto de caridad, lo que hacemos es cumplir un deber de justicia” (San Gregorio Magno, Regula pastoralis, 3, 21, 45: PL 77, 87).

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