viernes, 15 de junio de 2018
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 325.
(Respuesta YouCat – repeticion) Toda
sociedad depende de que su ordenamiento, su cohesión y su desarrollo sean
ejercidos y fomentados por una autoridad legítima. Corresponde a la naturaleza
del hombre, creada por Dios, que el hombre se deje regir por la autoridad
legítima.
Reflecciones y puntos a
profundizar (Comentario CIC) (C.I.C 1901) Si bien la autoridad responde a un orden fijado por
Dios, ‘la determinación del régimen y la designación de los gobernantes han de
dejarse a la libre voluntad de los ciudadanos’ (Gaudium et spes, 74). La diversidad de los regímenes políticos es
moralmente admisible con tal que promuevan el bien legítimo de la comunidad que
los adopta. Los regímenes cuya naturaleza es contraria a la ley natural, al
orden público y a los derechos fundamentales de las personas, no pueden
realizar el bien común de las naciones en las que se han impuesto.
Para meditar
(Comentario YouCat) Naturalmente
la autoridad en la sociedad no puede proceder de la mera arrogación, sino que
debe estar legitimada por el derecho. Quién ha de gobernar y qué régimen
político es el apropiado depende de la voluntad de los ciudadanos. La Iglesia
no se vincula a ningún régimen político, sino que establece únicamente que no
deben contradecir al Bien Común.
(Comentario CIC) (C.I.C 1902) La
autoridad no saca de sí misma su legitimidad moral. No debe comportarse de
manera despótica, sino actuar para el bien común como una ‘fuerza moral, que se
basa en la libertad y en la conciencia de la tarea y obligaciones que ha
recibido’ (Gaudium et spes, 74). “La
legislación humana sólo posee carácter de ley cuando se conforma a la justa
razón; lo cual significa que su obligatoriedad procede de la ley eterna. En la
medida en que ella se apartase de la razón, sería preciso declararla injusta,
pues no verificaría la noción de ley; sería más bien una forma de violencia (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 1-2, 93, 3 ad 2).
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