jueves, 14 de octubre de 2010

1Tm 3, 8-13 Los diáconos deben ser respetables

(1Tm 3, 8-13) Los diáconos deben ser respetables

[8] De la misma manera, los diáconos deben ser hombres respetables, de una sola palabra, moderados en el uso del vino y enemigos de ganancias deshonestas. [9] Que conserven el misterio de la fe con una conciencia pura. [10] Primero se los pondrá a prueba, y luego, si no hay nada que reprocharles, se los admitirá al diaconado. [11] Que las mujeres sean igualmente dignas, discretas para hablar de los demás, sobrias y fieles en todo. [12] Los diáconos deberán ser hombres casados una sola vez, que gobiernen bien a sus hijos y su propia casa. [13] Los que desempeñan bien su ministerio se hacen merecedores de honra y alcanzan una gran firmeza en la fe de Jesucristo.

(C.I.C 1569) "En el grado inferior de la jerarquía están los diáconos, a los que se les imponen las manos 'para realizar un servicio y no para ejercer el sacerdocio'" (Lumen gentium, 29; cf. Christus Dominus, 15). En la ordenación al diaconado, sólo el obispo impone las manos, significando así que el diácono está especialmente vinculado al obispo en las tareas de su "diaconía" (cf. San Hipólito Romano, Traditio apostolica, 8). (C.I.C 1570) Los diáconos participan de una manera especial en la misión y la gracia de Cristo (cf. Lumen gentium, 41; Ad gentes, 16). El sacramento del Orden los marcó con un sello (carácter) que nadie puede hacer desaparecer y que los configura con Cristo que se hizo "diácono", es decir, el servidor de todos (cf. Mc 10,45; Lc 22,27; San Policarpo de Esmirna, Epistula ad Philippenses 5, 2). Corresponde a los diáconos, entre otras cosas, asistir al obispo y a los presbíteros en la celebración de los divinos misterios sobre todo de la Eucaristía y en la distribución de la misma, asistir a la celebración del matrimonio y bendecirlo, proclamar el evangelio y predicar, presidir las exequias y entregarse a los diversos servicios de la caridad (cf. Lumen gentium, 29; cf. Sacrosanctum Concilium, 35; Ad gentes, 16). (C.I.C 1571) Desde el Concilio Vaticano II, la Iglesia latina ha restablecido el diaconado "como un grado particular dentro de la jerarquía" (Lumen gentium, 29), mientras que las Iglesias de Oriente lo habían mantenido siempre. Este diaconado permanente, que puede ser conferido a hombres casados, constituye un enriquecimiento importante para la misión de la Iglesia. En efecto, es apropiado y útil que hombres que realizan en la Iglesia un ministerio verdaderamente diaconal, ya en la vida litúrgica y pastoral, ya en las obras sociales y caritativas, "sean fortalecidos por la imposición de las manos transmitida ya desde los Apóstoles y se unan más estrechamente al servicio del altar, para que cumplan con mayor eficacia su ministerio por la gracia sacramental del diaconado" (Ad gentes, 16).

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