1Timoteo 3
(1Tm 3, 1-7) El que preside debe ser irreprochable
[1] Es muy cierta esta afirmación: «El que aspira a presidir la comunidad, desea ejercer una noble función». [2] Por eso, el que preside debe ser un hombre irreprochable, que se haya casado una sola vez, sobrio, equilibrado, ordenado, hospitalario y apto para la enseñanza. [3] Que no sea afecto a la bebida ni pendenciero, sino indulgente, enemigo de las querellas y desinteresado. [4] Que sepa gobernar su propia casa y mantener a sus hijos en la obediencia con toda dignidad. [5] Porque si no sabe gobernar su propia casa, ¿cómo podrá cuidar la Iglesia de Dios? [6] Y no debe ser un hombre recientemente convertido, para que el orgullo no le haga perder la cabeza y no incurra en la misma condenación que el demonio. [7] También es necesario que goce de buena fama entre los no creyentes, para no exponerse a la maledicencia y a las redes del demonio.
(C.I.C 1590) San Pablo dice a su discípulo Timoteo: "Te recomiendo que reavives el carisma de Dios que está en ti por la imposición de mis manos" (2Tm 1,6), y "si alguno aspira al cargo de obispo, desea una noble función" (1Tm 3,1). A Tito decía: "El motivo de haberte dejado en Creta, fue para que acabaras de organizar lo que faltaba y establecieras presbíteros en cada ciudad, como yo te ordené" (Tt 1,5). (C.I.C 1591) La Iglesia entera es un pueblo sacerdotal. Por el Bautismo, todos los fieles participan del sacerdocio de Cristo. Esta participación se llama "sacerdocio común de los fieles". A partir de este sacerdocio y al servicio del mismo existe otra participación en la misión de Cristo: la del ministerio conferido por el sacramento del Orden, cuya tarea es servir en nombre y en la representación de Cristo-Cabeza en medio de la comunidad. (C.I.C 1592) El sacerdocio ministerial difiere esencialmente del sacerdocio común de los fieles porque confiere un poder sagrado para el servicio de los fieles. Los ministros ordenados ejercen su servicio en el pueblo de Dios mediante la enseñanza (munus docendi), el culto divino (munus liturgicum) y por el gobierno pastoral (munus regendi). (C.I.C 1593) Desde los orígenes, el ministerio ordenado fue conferido y ejercido en tres grados: el de los Obispos, el de los presbíteros y el de los diáconos. Los ministerios conferidos por la ordenación son insustituibles para la estructura orgánica de la Iglesia: sin el obispo, los presbíteros y los diáconos no se puede hablar de Iglesia (cf. San Ignacio de Antioquía, Epistula ad Trallianos 3,1). (C.I.C 1594) El obispo recibe la plenitud del sacramento del Orden que lo incorpora al colegio episcopal y hace de él la cabeza visible de la Iglesia particular que le es confiada. Los Obispos, en cuanto sucesores de los apóstoles y miembros del colegio, participan en la responsabilidad apostólica y en la misión de toda la Iglesia bajo la autoridad del Papa, sucesor de San Pedro.
No hay comentarios:
Publicar un comentario