(St 4, 11b-12) ¿Quién eres tú para condenar al prójimo?
Ahora bien, si tú condenas la Ley, no eres cumplidor de la Ley, sino juez de la misma. [12] Y no hay más que un solo legislador y juez, aquel que tiene el poder de salvar o de condenar. ¿Quién eres tú para condenar al prójimo?
(C.I.C 1961) Dios, nuestro Creador y Redentor, eligió a Israel como su pueblo y le reveló su Ley, preparando así la venida de Cristo. La Ley de Moisés contiene muchas verdades naturalmente accesibles a la razón. Estas están declaradas y autentificadas en el marco de la Alianza de la salvación. (C.I.C 1967) La Ley evangélica ‘da cumplimiento’ (Cf. Mt 5, 17-19), purifica, supera, y lleva a su perfección la Ley antigua. En las ‘Bienaventuranzas’ da cumplimiento a las promesas divinas elevándolas y ordenándolas al ‘Reino de los cielos’. Se dirige a los que están dispuestos a acoger con fe esta esperanza nueva: los pobres, los humildes, los afligidos, los limpios de corazón, los perseguidos a causa de Cristo, trazando así los caminos sorprendentes del Reino. (C.I.C 1968) La Ley evangélica lleva a plenitud los mandamientos de la Ley. El Sermón del monte, lejos de abolir o devaluar las prescripciones morales de la Ley antigua, extrae de ella sus virtualidades ocultas y hace surgir de ella nuevas exigencias: revela toda su verdad divina y humana. No añade preceptos exteriores nuevos, pero llega a reformar la raíz de los actos, el corazón, donde el hombre elige entre lo puro y lo impuro (Cf. Mt 15, 18-19), donde se forman la fe, la esperanza y la caridad, y con ellas las otras virtudes. El Evangelio conduce así la Ley a su plenitud mediante la imitación de la perfección del Padre celestial (Cf. Mt 5, 48), mediante el perdón de los enemigos y la oración por los perseguidores, según el modelo de la generosidad divina (Cf. Mt 5, 44).
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