(Si 21, 28) El chismoso se mancha a sí mismo
28 El chismoso se mancha a sí mismo, y es detestado por
lo que lo rodean.
(C.I.C 2477) El respeto
de la reputación de las personas prohíbe toda actitud y toda palabra
susceptibles de causarles un daño injusto (cf. CIC canon 220). Se hace
culpable: – de juicio temerario el
que, incluso tácitamente, admite como verdadero, sin tener para ello fundamento
suficiente, un defecto moral en el prójimo; – de maledicencia el que, sin razón objetivamente válida, manifiesta los
defectos y las faltas de otros a personas que los ignoran; – de calumnia el que, mediante palabras
contrarias a la verdad, daña la reputación de otros y da ocasión a juicios
falsos respecto a ellos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario