sábado, 26 de enero de 2019

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 424.


YOUCAT Pregunta n. 424 – Parte II.  ¿Qué es el adulterio? ¿Es lícito el divorcio?


(Respuesta YouCat – repeticion) El adulterio consiste en que una pareja tenga relaciones sexuales cuando al menos uno de ellos está casado con otra persona. El adulterio es la traición fundamental del amor, la ruptura de una alianza sellada fijor Dios y una injusticia frente al prójimo. El mismo Jesús estableció expresamente la indisolubilidad del matrimonio: «Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre» (Me 10,9). Remitiéndose al deseo original del Creador, Jesús suprimió la tolerancia del divorcio en la Antigua Alianza.

Reflecciones y puntos a profundizar    

(Comentario CIC) (CIC 2365) La fidelidad expresa la constancia en el mantenimiento de la palabra dada. Dios es fiel. El sacramento del Matrimonio hace entrar al hombre y la mujer en el misterio de la fidelidad de Cristo para con su Iglesia. Por la castidad conyugal dan testimonio de este misterio ante el mundo. San Juan Crisóstomo sugiere a los jóvenes esposos hacer este razonamiento a sus esposas: “Te he tomado en mis brazos, te amo y te prefiero a mi vida. Porque la vida presente no es nada, te ruego, te pido y hago todo lo posible para que de tal manera vivamos la vida presente que allá en la otra podamos vivir juntos con plena seguridad. [...] Pongo tu amor por encima de todo, y nada me será más penoso que apartarme alguna vez de ti” (In epistulam ad Ephesios, homilia 20, 8).   

Para meditar   

(Comentario YouCat) La promesa, que infunde valor, de este mensaje de Jesús es: «¡Como hijos de vuestro Padre celestial tenéis la capacidad de amar para toda la vida!». No obstante, no siempre resulta fácil ser fiel al cónyuge durante toda una vida. Pero los cristianos que provocan frivolamente un divorcio son objetivamente culpables. Pecan contra ol amor de Dios, que se hace visible en el matrimonio. Pecan contra el cónyuge abandonado y contra los hijos abandonados. Ciertamente, el cónyuge fiel de un matrimonio que ha llegado a ser insoportable, puede abandonar el domicilio común. Para evitar la escasez de medios, puede ser necesario incluso un divorcio civil. En casos justificados, la Iglesia puede investigar la validez del matrimonio en un proceso de nulidad matrimonial.    

(Comentario CIC) (CIC 2382) El Señor Jesús insiste en la intención original del Creador que quería un matrimonio indisoluble (cf Mt 5, 31-32; 19, 3-9; Mc 10, 9; Lc 16, 18; 1 Co 7, 10-11), y deroga la tolerancia que se había introducido en la ley antigua (cf Mt 19, 7-9). Entre bautizados, “el matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano ni por ninguna causa fuera de la muerte” (CIC can. 1141).  

(Continua la Pregunta:  ¿Qué es el adulterio? ¿Es lícito el divorcio?)

viernes, 25 de enero de 2019

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 424.


YOUCAT Pregunta n. 424 – Parte I. ¿Qué es el adulterio? ¿Es lícito el divorcio?


(Respuesta YouCat) El adulterio consiste en que una pareja tenga relaciones sexuales cuando al menos uno de ellos está casado con otra persona. El adulterio es la traición fundamental del amor, la ruptura de una alianza sellada fijor Dios y una injusticia frente al prójimo. El mismo Jesús estableció expresamente la indisolubilidad del matrimonio: «Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre» (Me 10,9). Remitiéndose al deseo original del Creador, Jesús suprimió la tolerancia del divorcio en la Antigua Alianza.     

Reflecciones y puntos a profundizar    

(Comentario CIC) (CIC 2353) La fornicación es la unión carnal entre un hombre y una mujer fuera del matrimonio. Es gravemente contraria a la dignidad de las personas y de la sexualidad humana, naturalmente ordenada al bien de los esposos, así como a la generación y educación de los hijos. Además, es un escándalo grave cuando hay de por medio corrupción de menores.

Para meditar   

(Comentario YouCat) La promesa, que infunde valor, de este mensaje de Jesús es: «¡Como hijos de vuestro Padre celestial tenéis la capacidad de amar para toda la vida!». No obstante, no siempre resulta fácil ser fiel al cónyuge durante toda una vida. Pero los cristianos que provocan frivolamente un divorcio son objetivamente culpables. Pecan contra ol amor de Dios, que se hace visible en el matrimonio. Pecan contra el cónyuge abandonado y contra los hijos abandonados. Ciertamente, el cónyuge fiel de un matrimonio que ha llegado a ser insoportable, puede abandonar el domicilio común. Para evitar la escasez de medios, puede ser necesario incluso un divorcio civil. En casos justificados, la Iglesia puede investigar la validez del matrimonio en un proceso de nulidad matrimonial.    

(Comentario CIC) (CIC 2364) El matrimonio constituye una “íntima comunidad de vida y amor conyugal, fundada por el Creador y provista de leyes propias”. Esta comunidad “se establece con la alianza del matrimonio, es decir, con un consentimiento personal e irrevocable” (Gaudium et spes, 48, 1). Los dos se dan definitiva y totalmente el uno al otro. Ya no son dos, ahora forman una sola carne. La alianza contraída libremente por los esposos les impone la obligación de mantenerla una e indisoluble (cf CIC can. 1056). “Lo que Dios unió [...], no lo separe el hombre” (Mc 10, 9; cf Mt 19, 1-12; 1 Co 7, 10-11).

(Continua la Pregunta: ¿Qué es el adulterio? ¿Es lícito el divorcio?)

jueves, 24 de enero de 2019

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 423.


YOUCAT Pregunta n. 423 ¿Qué opina la Iglesia de las madres de alquiler y de la inseminación o la fecundación artificial?


(Respuesta YouCat) Toda ayuda por parte de la medicina y de la investigación para concebir un hijo debe detenerse cuando se disuelve o se destruye por medio de una tercera persona la paternidad conjunta de los padres o cuando la concepción se convierte en un acto técnico fuera de la unión sexual dentro del matrimonio. 

Reflecciones y puntos a profundizar    

(Comentario CIC) (CIC 2374) Grande es el sufrimiento de los esposos que se descubren estériles. Abraham pregunta a Dios: “¿Qué me vas a dar, si me voy sin hijos...?” (Gn 15, 2). Y Raquel dice a su marido Jacob: “Dame hijos, o si no me muero” (Gn 30, 1).

Para meditar   

(Comentario YouCat) Por respeto a la dignidad de la persona, la Iglesia rechaza la concepción de un hijo por medio de inseminación o la fecundación heteróloga u homologa. Todo hijo tiene el derecho, dado por Dios, a tener un padre y una madre, a conocer a ese padre y a esa madre y, si es posible, a crecer en el ámbito de su amor. La inseminación o la fecundación artificial con el semen de un hombre extraño (heteróloga) destruye también el espíritu del matrimonio, en el cual el hombre y la mujer tienen derecho a llegar a ser padre o madre exclusivamente a través del otro cónyuge. Pero también la inseminación o la fecundación homologa (cuando el semen procede del propio esposo) hace del hijo un producto de un procedimiento técnico y no el fruto de la unidad amorosa del encuentro sexual personal. Y cuando el niño se convierte en un producto, surge en seguida la pregunta cínica acerca de la calidad y la garantía de ese producto. La Iglesia rechaza también la técnica del diagnóstico genético preimplantacional (DGP), que se lleva a cabo con el fin de eliminar a los embriones que no se consideran perfectos. También el recurso a una madre de alquiler, por el que se implanta a una mujer extraña un embrión obtenido por fecundación artificial, es contraria a la dignidad de la persona.    

(Comentario CIC) (CIC 2377) Practicadas dentro de la pareja, estas técnicas (inseminación y fecundación artificiales homólogas) son quizá menos perjudiciales, pero no dejan de ser moralmente reprobables. Disocian el acto sexual del acto procreador. El acto fundador de la existencia del hijo ya no es un acto por el que dos personas se dan una a otra, sino que “confía la vida y la identidad del embrión al poder de los médicos y de los biólogos, e instaura un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona humana. Una tal relación de dominio es en sí contraria a la dignidad e igualdad que debe ser común a padres e hijos” (cf Congregación  para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae, 82). “La procreación queda privada de su perfección propia, desde el punto de vista moral, cuando no es querida como el fruto del acto conyugal, es decir, del gesto específico de la unión de los esposos [...] solamente el respeto de la conexión existente entre los significados del acto conyugal y el respeto de la unidad del ser humano, consiente una procreación conforme con la dignidad de la persona” (Congregación  para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae, 2, 4).

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miércoles, 23 de enero de 2019

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 422.


YOUCAT Pregunta n. 422 ¿Qué puede hacer un matrimonio que no tiene hijos?


(Respuesta YouCat) Los matrimonios que sufren a causa de la esterilidad pueden acoger toda ayuda médica que no entre en contradicción con la dignidad de la persona, los derechos del niño que se desea concebir y la santidad del sacramento del Matrimonio.

Reflecciones y puntos a profundizar    

(Comentario CIC) (CIC 2375) Las investigaciones que intentan reducir la esterilidad humana deben alentarse, a condición de que se pongan “al servicio de la persona humana, de sus derechos inalienables, de su bien verdadero e integral, según el plan y la voluntad de Dios” (Congregación  para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae, intr. 2).   

Para meditar   

(Comentario YouCat) No hay ningún derecho absoluto a tener un hijo. Todo hijo es un don de Dios. Los matrimonios que se ven privados de este don, tras haber agotado los recursos legítimos de la medicina, pueden adoptar o acoger a niños, o comprometerse de otro modo en la sociedad, ocupándose, por ejemplo, de niños abandonados.

(Comentario CIC) (CIC 2379) El Evangelio enseña que la esterilidad física no es un mal absoluto. Los esposos que, tras haber agotado los recursos legítimos de la medicina, sufren por la esterilidad, deben asociarse a la Cruz del Señor, fuente de toda fecundidad espiritual. Pueden manifestar su generosidad adoptando niños abandonados o realizando servicios abnegados en beneficio del prójimo.

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martes, 22 de enero de 2019

Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 421.


YOUCAT Pregunta n. 421 – Parte II. ¿Por qué no son buenos todos los métodos de regulación de la fecundidad?


(Respuesta YouCat – repeticion)) Como métodos de regulación consciente de la fecundidad la Iglesia remite a los métodos perfeccionados de la autoobservación y de la planificación familiar natural (PFN/RNF = regulación natural de la fecundidad). Corresponden a la dignidad del varón y la mujer; respetan las leyes internas del cuerpo femenino; exigen ternura y unas relaciones recíprocas respetuosas y son por ello una escuela del amor.

Reflecciones y puntos a profundizar    

(Comentario CIC) (CIC 2370b) «Al lenguaje natural que expresa la recíproca donación total de los esposos, el anticoncepcionismo impone un lenguaje objetivamente contradictorio, es decir, el de no darse al otro totalmente: se produce no sólo el rechazo positivo de la apertura a la vida, sino también una falsificación de la verdad interior del amor conyugal, llamado a entregarse en plenitud personal. [...] Esta diferencia antropológica y moral entre la anticoncepción y el recurso a los ritmos periódicos implica [...] dos concepciones de la persona y de la sexualidad humana irreconciliables entre sí» (Familiaris Consortio, 32).

Para meditar   

(Comentario YouCat) No es indiferente que un matrimonio recurra a la anticoncepción o que aproveche el ciclo de los días fértiles de la mujer para regular responsablemente, es decir, generosamente la fecundidad. En el primer caso, distorsiona la naturaleza propia de la relación íntima conyugal haciéndola intencionadamente infecunda; en el segundo caso, respeta la integridad de esa relación íntima personal. La Iglesia rechaza La anticoncepción —realizada por medios químicos (la «pildora»), mecánicos (el preservativo), quirúrgicos (la esterilización) y otros (la interrupción del acto)— no tanto por su carácter «artificial», cuanto porque falsifica la relación personal conyugal privándola de su significado natural propio (ser fecunda). La mentalidad anticonceptiva, que implica una voluntad a ultranza de impedir la fecundidad, puede también afectar al uso de los «métodos naturales», que entonces también sería ilegítimo. Pero cuando recurre a los mencionados «métodos artificiales» la mentalidad anticonceptiva tampoco se detiene ante Los daños que causan a la salud de la mujer, ni ante el carácter abortivo de algunos de ellos (la espiral o la «pildora del día después»), ni ante los diversos trastornos que ocasionan a la vida conyugal.

(Comentario CIC) (CIC 2372) El Estado es responsable del bienestar de los ciudadanos. Por eso es legítimo que intervenga para orientar la demografía de la población. Puede hacerlo mediante una información objetiva y respetuosa, pero no mediante una decisión autoritaria y coaccionante. No puede legítimamente suplantar la iniciativa de los esposos, primeros responsables de la procreación y educación de sus hijos (cf  Populorm progressio, 37; Humanae vitae, 23). El Estado no está autorizado a favorecer medios de regulación demográfica contrarios a la moral.

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