sábado, 26 de enero de 2019
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 424.
(Respuesta YouCat – repeticion) El adulterio consiste en
que una pareja tenga relaciones sexuales cuando al menos uno de ellos está
casado con otra persona. El adulterio es la traición fundamental del amor, la
ruptura de una alianza sellada fijor Dios y una injusticia frente al prójimo.
El mismo Jesús estableció expresamente la indisolubilidad del matrimonio: «Lo
que Dios ha unido, que no lo separe el hombre» (Me 10,9). Remitiéndose al deseo
original del Creador, Jesús suprimió la tolerancia del divorcio en la Antigua
Alianza.
Reflecciones y
puntos a profundizar
(Comentario CIC) (CIC
2365) La fidelidad expresa la
constancia en el mantenimiento de la palabra dada. Dios es fiel. El sacramento
del Matrimonio hace entrar al hombre y la mujer en el misterio de la fidelidad
de Cristo para con su Iglesia. Por la castidad conyugal dan testimonio de este
misterio ante el mundo. San Juan Crisóstomo sugiere a los jóvenes esposos hacer
este razonamiento a sus esposas: “Te he tomado en mis brazos, te amo y te
prefiero a mi vida. Porque la vida presente no es nada, te ruego, te pido y
hago todo lo posible para que de tal manera vivamos la vida presente que allá
en la otra podamos vivir juntos con plena seguridad. [...] Pongo tu amor por
encima de todo, y nada me será más penoso que apartarme alguna vez de ti” (In
epistulam ad Ephesios, homilia 20, 8).
Para meditar
(Comentario YouCat) La
promesa, que infunde valor, de este mensaje de Jesús es: «¡Como hijos de
vuestro Padre celestial tenéis la capacidad de amar para toda la vida!». No
obstante, no siempre resulta fácil ser fiel al cónyuge durante toda una vida.
Pero los cristianos que provocan frivolamente un divorcio son objetivamente
culpables. Pecan contra ol amor de Dios, que se hace visible en el matrimonio.
Pecan contra el cónyuge abandonado y contra los hijos abandonados. Ciertamente,
el cónyuge fiel de un matrimonio que ha llegado a ser insoportable, puede
abandonar el domicilio común. Para evitar la escasez de medios, puede ser
necesario incluso un divorcio civil. En casos justificados, la Iglesia puede
investigar la validez del matrimonio en un proceso de nulidad matrimonial.
(Comentario CIC) (CIC 2382) El
Señor Jesús insiste en la intención original del Creador que quería un
matrimonio indisoluble (cf Mt 5, 31-32; 19, 3-9; Mc 10, 9; Lc
16, 18; 1 Co 7, 10-11), y deroga la tolerancia que se había introducido
en la ley antigua (cf Mt 19, 7-9). Entre bautizados, “el matrimonio rato
y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano ni por ninguna causa
fuera de la muerte” (CIC can. 1141).
viernes, 25 de enero de 2019
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 424.
YOUCAT Pregunta n. 424 – Parte I. ¿Qué es el adulterio? ¿Es lícito el divorcio?
(Respuesta YouCat) El adulterio consiste en que una
pareja tenga relaciones sexuales cuando al menos uno de ellos está casado con
otra persona. El adulterio es la traición fundamental del amor, la ruptura de
una alianza sellada fijor Dios y una injusticia frente al prójimo. El mismo
Jesús estableció expresamente la indisolubilidad del matrimonio: «Lo que Dios
ha unido, que no lo separe el hombre» (Me 10,9). Remitiéndose al deseo original
del Creador, Jesús suprimió la tolerancia del divorcio en la Antigua Alianza.
Reflecciones y
puntos a profundizar
(Comentario CIC) (CIC
2353) La fornicación es
la unión carnal entre un hombre y una mujer fuera del matrimonio. Es gravemente
contraria a la dignidad de las personas y de la sexualidad humana, naturalmente
ordenada al bien de los esposos, así como a la generación y educación de los
hijos. Además, es un escándalo grave cuando hay de por medio corrupción de
menores.
Para meditar
(Comentario YouCat) La
promesa, que infunde valor, de este mensaje de Jesús es: «¡Como hijos de
vuestro Padre celestial tenéis la capacidad de amar para toda la vida!». No
obstante, no siempre resulta fácil ser fiel al cónyuge durante toda una vida.
Pero los cristianos que provocan frivolamente un divorcio son objetivamente
culpables. Pecan contra ol amor de Dios, que se hace visible en el matrimonio.
Pecan contra el cónyuge abandonado y contra los hijos abandonados. Ciertamente,
el cónyuge fiel de un matrimonio que ha llegado a ser insoportable, puede
abandonar el domicilio común. Para evitar la escasez de medios, puede ser
necesario incluso un divorcio civil. En casos justificados, la Iglesia puede
investigar la validez del matrimonio en un proceso de nulidad matrimonial.
(Comentario CIC) (CIC 2364) El matrimonio constituye una “íntima comunidad de vida
y amor conyugal, fundada por el Creador y provista de leyes propias”. Esta
comunidad “se establece con la alianza del matrimonio, es decir, con un
consentimiento personal e irrevocable” (Gaudium
et spes, 48, 1). Los dos se dan definitiva y totalmente el uno al otro. Ya
no son dos, ahora forman una sola carne. La alianza contraída libremente por
los esposos les impone la obligación de mantenerla una e indisoluble (cf CIC
can. 1056). “Lo que Dios unió [...], no lo separe el hombre” (Mc 10, 9;
cf Mt 19, 1-12; 1 Co 7, 10-11).
(Continua la Pregunta: ¿Qué es el adulterio? ¿Es lícito el divorcio?)
jueves, 24 de enero de 2019
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 423.
YOUCAT Pregunta n. 423 ¿Qué opina la Iglesia de las madres de alquiler y de la inseminación o la fecundación artificial?
(Respuesta YouCat) Toda ayuda por parte de la medicina y
de la investigación para concebir un hijo debe detenerse cuando se disuelve o
se destruye por medio de una tercera persona la paternidad conjunta de los
padres o cuando la concepción se convierte en un acto técnico fuera de la unión
sexual dentro del matrimonio.
Reflecciones y
puntos a profundizar
(Comentario CIC) (CIC
2374) Grande es el sufrimiento
de los esposos que se descubren estériles. Abraham pregunta a Dios: “¿Qué me
vas a dar, si me voy sin hijos...?” (Gn 15, 2). Y Raquel dice a su
marido Jacob: “Dame hijos, o si no me muero” (Gn 30, 1).
Para meditar
(Comentario YouCat) Por
respeto a la dignidad de la persona, la Iglesia rechaza la concepción de un
hijo por medio de inseminación o la fecundación heteróloga u homologa. Todo
hijo tiene el derecho, dado por Dios, a tener un padre y una madre, a conocer a
ese padre y a esa madre y, si es posible, a crecer en el ámbito de su amor. La
inseminación o la fecundación artificial con el semen de un hombre extraño
(heteróloga) destruye también el espíritu del matrimonio, en el cual el hombre
y la mujer tienen derecho a llegar a ser padre o madre exclusivamente a través
del otro cónyuge. Pero también la inseminación o la fecundación homologa
(cuando el semen procede del propio esposo) hace del hijo un producto de un
procedimiento técnico y no el fruto de la unidad amorosa del encuentro sexual
personal. Y cuando el niño se convierte en un producto, surge en seguida la
pregunta cínica acerca de la calidad y la garantía de ese producto. La Iglesia
rechaza también la técnica del diagnóstico genético preimplantacional (DGP),
que se lleva a cabo con el fin de eliminar a los embriones que no se consideran
perfectos. También el recurso a una madre de alquiler, por el que se implanta a
una mujer extraña un embrión obtenido por fecundación artificial, es contraria
a la dignidad de la persona.
(Comentario CIC) (CIC 2377) Practicadas dentro de la pareja, estas técnicas
(inseminación y fecundación artificiales homólogas) son quizá menos
perjudiciales, pero no dejan de ser moralmente reprobables. Disocian el acto
sexual del acto procreador. El acto fundador de la existencia del hijo ya no es
un acto por el que dos personas se dan una a otra, sino que “confía la vida y
la identidad del embrión al poder de los médicos y de los biólogos, e instaura
un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona
humana. Una tal relación de dominio es en sí contraria a la dignidad e igualdad
que debe ser común a padres e hijos” (cf Congregación para la Doctrina de
la Fe, Instr. Donum vitae, 82). “La
procreación queda privada de su perfección propia, desde el punto de vista
moral, cuando no es querida como el fruto del acto conyugal, es decir, del
gesto específico de la unión de los esposos [...] solamente el respeto de la
conexión existente entre los significados del acto conyugal y el respeto de la
unidad del ser humano, consiente una procreación conforme con la dignidad de la
persona” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae, 2, 4).
(Siguiente Pregunta: ¿Qué es el adulterio? ¿Es lícito el divorcio?)
miércoles, 23 de enero de 2019
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 422.
YOUCAT Pregunta n. 422 ¿Qué puede hacer un matrimonio que no tiene hijos?
(Respuesta YouCat) Los matrimonios que sufren a causa de
la esterilidad pueden acoger toda ayuda médica que no entre en contradicción
con la dignidad de la persona, los derechos del niño que se desea concebir y la
santidad del sacramento del Matrimonio.
Reflecciones y
puntos a profundizar
(Comentario CIC) (CIC
2375) Las investigaciones que
intentan reducir la esterilidad humana deben alentarse, a condición de que se
pongan “al servicio de la persona humana, de sus derechos inalienables, de su
bien verdadero e integral, según el plan y la voluntad de Dios” (Congregación
para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum
vitae, intr. 2).
Para meditar
(Comentario YouCat) No hay
ningún derecho absoluto a tener un hijo. Todo hijo es un don de Dios. Los
matrimonios que se ven privados de este don, tras haber agotado los recursos
legítimos de la medicina, pueden adoptar o acoger a niños, o comprometerse de
otro modo en la sociedad, ocupándose, por ejemplo, de niños abandonados.
(Comentario CIC) (CIC 2379) El Evangelio enseña que la esterilidad física no es un
mal absoluto. Los esposos que, tras haber agotado los recursos legítimos de la
medicina, sufren por la esterilidad, deben asociarse a la Cruz del Señor,
fuente de toda fecundidad espiritual. Pueden manifestar su generosidad
adoptando niños abandonados o realizando servicios abnegados en beneficio del
prójimo.
(Siguiente Pregunta: ¿Qué opina la Iglesia de las madres de alquiler y de la inseminación o la fecundación artificial?)
martes, 22 de enero de 2019
Comentario CIC al YouCat Pregunta n. 421.
YOUCAT Pregunta n. 421 – Parte II. ¿Por qué no son buenos todos los métodos de regulación de la fecundidad?
(Respuesta YouCat – repeticion)) Como métodos de
regulación consciente de la fecundidad la Iglesia remite a los métodos perfeccionados
de la autoobservación y de la planificación
familiar natural (PFN/RNF = regulación natural de la fecundidad).
Corresponden a la dignidad del varón y la mujer; respetan las leyes internas
del cuerpo femenino; exigen ternura y unas relaciones recíprocas respetuosas y
son por ello una escuela del amor.
Reflecciones y
puntos a profundizar
(Comentario CIC) (CIC 2370b) «Al lenguaje natural que
expresa la recíproca donación total de los esposos, el anticoncepcionismo
impone un lenguaje objetivamente contradictorio, es decir, el de no darse al
otro totalmente: se produce no sólo el rechazo positivo de la apertura a la
vida, sino también una falsificación de la verdad interior del amor conyugal,
llamado a entregarse en plenitud personal. [...] Esta diferencia antropológica
y moral entre la anticoncepción y el recurso a los ritmos periódicos implica
[...] dos concepciones de la persona y de la sexualidad humana irreconciliables
entre sí» (Familiaris Consortio, 32).
Para meditar
(Comentario YouCat) No es
indiferente que un matrimonio recurra a la anticoncepción o que aproveche el
ciclo de los días fértiles de la mujer para regular responsablemente, es decir,
generosamente la fecundidad. En el primer caso, distorsiona la naturaleza
propia de la relación íntima conyugal haciéndola intencionadamente infecunda;
en el segundo caso, respeta la integridad de esa relación íntima personal. La
Iglesia rechaza La anticoncepción —realizada por medios químicos (la
«pildora»), mecánicos (el preservativo), quirúrgicos (la esterilización) y
otros (la interrupción del acto)— no tanto por su carácter «artificial», cuanto
porque falsifica la relación personal conyugal privándola de su significado
natural propio (ser fecunda). La mentalidad anticonceptiva, que implica una
voluntad a ultranza de impedir la fecundidad, puede también afectar al uso de
los «métodos naturales», que entonces también sería ilegítimo. Pero cuando
recurre a los mencionados «métodos artificiales» la mentalidad anticonceptiva
tampoco se detiene ante Los daños que causan a la salud de la mujer, ni ante el
carácter abortivo de algunos de ellos (la espiral o la «pildora del día
después»), ni ante los diversos trastornos que ocasionan a la vida conyugal.
(Comentario CIC) (CIC 2372) El Estado es responsable del bienestar de los
ciudadanos. Por eso es legítimo que intervenga para orientar la demografía de
la población. Puede hacerlo mediante una información objetiva y respetuosa,
pero no mediante una decisión autoritaria y coaccionante. No puede
legítimamente suplantar la iniciativa de los esposos, primeros responsables de
la procreación y educación de sus hijos (cf
Populorm progressio, 37; Humanae vitae, 23). El Estado no está
autorizado a favorecer medios de regulación demográfica contrarios a la moral.
(Siguiente Pregunta: ¿Qué puede hacer un matrimonio que no tiene hijos?)
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